El Código Penal ya obliga a DEVOLVER LAS GANANCIAS por delitos de CORRUPCIÓN

El Código Penal ya obliga a DEVOLVER LAS GANANCIAS por delitos de CORRUPCIÓN

29 / 07 / 2015 00:00

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El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha asegurado que las medidas que ha propuesto hoy el líder del PSOE, Pedro Sánchez, contra la corrupción política ya están en la reforma del Código Penal impulsada por el actual Gobierno y que se aprobó a pesar de la oposición del grupo socialista.

Catalá ha salido al paso de lo manifestado por Pedro Sánchez, en referencia a un compromiso si es elegido presidente del Gobierno de reformar el Código Penal para que sea posible actuar no solo contra el patrimonio de los corruptos sino también contra el que hayan podido esconder a nombre de terceros. Y eso está en vigor desde el pasado 1 de julio.

«Todo eso está en la reforma del Código Penal y va a garantizar que todos aquellos que sean condenados por la comisión de un delito en materia de corrupción van a tener que asignar todos sus recursos a la devolución de lo robado», ha insistido el ministro.

Desde el Ministerio insisten en que en esta legislatura se han reformado 250 artículos del Código Penal y entre ellos, los que tienen que ver con la lucha contra la corrupción para lograr que el responsable penal de un delito devuelva todas las ganancias ilícitas derivadas del mismo.

También se pueden  decomisar los bienes procedentes de actividades delictivas cuando son transferidos a terceros y que los jueces puedan revocar la suspensión de las penas si no se satisfacen las deudas tributarias o con la Seguridad Social.

Así lo recoge la reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado 1 de julio al regular el decomiso, de manera que la malversación y el cohecho se encuentran dentro del catálogo de delitos por los que se puede acordar el decomiso ampliado (de bienes, efectos y ganancias pertenecientes a una persona condenada por alguno de esos delitos) cuando se resuelva, a partir de indicios objetivos fundados, que los bienes o efectos provienen de una actividad delictiva.

Justicia recuerda que la nueva norma mejora también la regulación del decomiso de terceros, de forma que, en el artículo 127 quater, permite decomisar los bienes procedentes de actividades delictivas cuando son transferidos a terceras personas.

Estas nuevas figuras tienen como finalidad que la persona que sea condenada por delitos de corrupción no pueda, de ninguna manera, poner a nombre de terceros o sacar de su patrimonio el fruto del delito.

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