¿Por qué en ESPAÑA NO EXISTE EN ASESINATO EN PRIMER GRADO, como en Estados Unidos?

¿Por qué en ESPAÑA NO EXISTE EN ASESINATO EN PRIMER GRADO, como en Estados Unidos?

16 / 08 / 2015 00:00

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En nuestro país no existe el asesinato en primer grado ni el asesinato en segundo grado, como en norteamérica. Los investigadores españoles, ya sean reales o de ficción, como en «Los misterios de Laura», investigan asesinatos y homicidios.

Sin embargo, son equivalentes. 

Se produce un homicidio cuando una persona mata a otra. Si el autor tiene la intención de matar, nos hallamos con el homicidio “a secas”, también denominado homicidio doloso. 

El homicidio es equivalente al asesinato en segundo grado de los estadounidenses. 

Sin embargo, la forma más grave de matar es el asesinato, que no debe considerarse una forma agravada de homicidio sino como un delito independiente y autónomo. 

Es asesinato cuando la muerte de la víctima se lleva a cabo cumpliendo una o dos de las siguientes condiciones: con alevosía, ensañamiento o concurrencia de precio (o sea, un asesinato por encargo).

Este es el equivalente al asesinato en primer grado de los estadounidenses.  

Veamos cada una de estas tres circunstancias.

En primer lugar, existe alevosía cuando se comete el delito empleando un medio o forma destinado a privar de defensa a la víctima. 

Por ejemplo, encontrándose una pareja en trámites de separación, el marido aprovechó que su mujer estaba distraída hablando por teléfono para acercarse a ella de forma sorpresiva, agarrándola por el cuello y clavándola repetidamente en la espalda una navaja. 

¿Tuvo la mujer posibilidad real de defenderse? No, pues el agresor aprovechó la situación de descuido de la esposa. Se trata de un caso real que ocurrió en enero de 2005. 

Por suerte, en este caso la mujer no falleció, pero el agresor fue condenado por intento de asesinato, ya que se declaró probado que los navajazos se habían realizado con intención de matar. 

También existe asesinato cuando concurre ensañamiento. Como ya saben, consiste en aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causándole padecimientos que no son necesarios para causar la muerte. 

En un caso real ocurrido en una localidad de Madrid en el año 2004, el asesino asestó a la víctima un total de 49 puñaladas en distintas partes del cuerpo (en la cabeza, cara, cuello, pecho, manos, piernas, costado), hasta que la mató, y lo hizo con el propósito de causarle un mayor mal, ya que era consciente de que la mayoría eran innecesarias para matarla. 

¿Qué hubiera ocurrido si la víctima hubiera fallecido con la segunda puñalada? No se hubiera apreciado ensañamiento, porque las restantes 47 no habrían creado un sufrimiento añadido a la víctima, ya que la misma ya había fallecido.

Por último, también existe asesinato cuando el culpable actúa por precio, recompensa o promesa, es decir, generalmente a cambio de dinero o algo de valor.

En este caso, la mayor gravedad deriva del móvil económico que guía la actuación del asesino. 

Los homicidios están castigados con penas de prisión de 10 a 15 años.

Los asesinatos, por el contrario, están castigado con penas de entre 15 y 20 años, que se elevan hasta los 25 años si concurren dos o más circunstancias específicas del delito, es decir, si se llevó a cabo con ensañamiento y alevosía, o con alevosía y recompensa o con las tres al mismo tiempo.

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