El problema CORONARIO DE UN ABOGADO causa para ANULAR UN JUICIO

El problema CORONARIO DE UN ABOGADO causa para ANULAR UN JUICIO

30 / 08 / 2015 00:00

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La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado un juicio y la sentencia consiguiente, dictada por un Juzgado de Primera Instancia, porque el proceso se celebró sin la presencia del abogado de la parte demandada que, en ese momento, se encontraba en un hospital por un problema coronario. El tribunal da un tirón de orejas al magistrado de instancia.

El tribunal de la Audiencia Provincial, como instancia de apelación, establece que el Juzgado de Primera Instancia 4 debe, en consecuencia, volver a celebrar el juicio. 

De acuerdo con la Sala «ha quedado plenamente probado que el letrado de la demandada Caixabank sufrió una repentina enfermedad a las 8:30 horas del día 22 de enero de 2015, consistente en dolor torácico con elevación de la presión arterial, por lo que a las 9:00 de la mañana fue derivado a un hospital de Molina de Segura».

El abogado recibió el alta a las 10:18 horas «sin que debido a lo repentino de la enfermedad pudiera, con carácter previo, anunciar su estado al Juzgado donde se debía celebrar la vista a las 9:30 horas y desplazarse a la ciudad de Cartagena».

El tribunal de la Audiencia Provincial, asimismo, da un fuerte tirón de orejas al magistrado porque antes de dictar la sentencia y desoír el recurso de nulidad planteado con respecto al acto de la vista oral sin la presencia del letrado, tuvo tiempo suficiente para comprobar si la inasistencia estaba justificada. 

Al no haber hecho lo que tenía que hacer y haber celebrado el juicio «se ocasionó una indefensión material al letrado de la demandada, al no poder informar en el acto de la vista como único autorizado para hacerlo».

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