La UE DESCONFÍA de los CONTADORES ELÉCTRICOS 'inteligentes' de ESPAÑA

La UE DESCONFÍA de los CONTADORES ELÉCTRICOS ‘inteligentes’ de ESPAÑA

6 / 09 / 2015 00:00

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La Plataforma Ciudadana para Investigación Judicial del Sector Eléctrico presentó una demanda ante la Comisión Europea el pasado mes de mayo contra el Gobierno de España por no transponer la directiva comunitaria 27/2012/UE de eficiencia energética. La demanda ha sido admitida a trámite.

“La directiva se publicó el 21 de octubre de 2012, casi tres años después sigue sin estar traspuesta”, lamenta Juan Ignacio Navas, socio director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho comunitario que está dirigiendo la estrategia jurídica de la Plataforma Ciudadana. 

La demanda admitida en Bruselas  el pasado 31 de julio pasado, considera que España tampoco está cumpliendo lo establecido en la directiva relativo al derecho de los consumidores de acceder en tiempo real a su consumo.

“El 70 por ciento de las comunidades no disponen de llave del cuarto de contadores y además, bajar al cuarto de contadores no es acceder en tiempo real”, explica Adrián Sánchez, presidente de la Plataforma Ciudadana para Investigación Judicial del Sector Eléctrico.

¿Cómo se cumpliría con lo establecido en la directiva? “Con un display en casa que permita acceder a la información del contador y del coste de la energía en tiempo real”, responde Sánchez.

En agosto del año pasado el ejecutivo comunitario abrió expediente sancionador a España y a otros 23 países por incumplimiento de su obligación de trasponer la legislación comunitaria en materia energética.

“No sólo no ha traspuesto, sino que se permite alegar que un RD del 2007 hace innecesaria la directiva”, añade Sánchez.

Y es que efectivamente el gobierno alega que la Orden IET/290/2012, de 16 de febrero, por la que se modifica la Orden ITC/3860/2007, de 28 de diciembre sobre contadores inteligentes hace innecesaria la legislación comunitaria.

Según la Plataforma Ciudadana, si comparamos la OM del 2007 con la directiva del 2012, “España incumple en al menos 3 especificaciones de las establecidas en el art. 9 de la directiva”.

“La demanda es muy importante porque el gobierno español no puede desatender su obligación institucional de trasponer la legislación comunitaria. No es sólo un problema técnico-jurídico; se están dejando sin proteger adecuadamente los intereses de los consumidores en la forma en la que establece la legislación comunitaria”, concluye el letrado Navas. 

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