Los condenados por FRAUDE FISCAL verán sus datos PUBLICADOS a partir del 11 de noviembre

Los condenados por FRAUDE FISCAL verán sus datos PUBLICADOS a partir del 11 de noviembre

11 / 09 / 2015 00:00

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) comenzará a publicar la información de las sentencias en materia de fraude fiscal que se dicten a partir del 11 de noviembre y los datos comprenderán el nombre y apellidos o razón social del condenado, su delito, la pena impuesta y la cuantía a resarcir.

El BOE publica hoy la Ley 10/2015 por la que se regula el acceso y publicidad de determinada información contenida en las sentencias dictadas en materia de fraude fiscal, norma que entrará en vigor en el plazo de dos meses, es decir el 11 de noviembre.

Esta Ley permite publicar un extracto del fallo condenatorio que contenga únicamente los datos del proceso, condenado, delito, la pena y la cuantía de responsabilidad civil impuesta, de forma que «salvaguarda los derechos de protección de datos de otras personas que hayan podido participar en el proceso y no resulten afectadas por la condena».

La publicación de estos datos se realizará en los casos de delitos contra la Hacienda Pública, delitos de insolvencia punible, cuando el acreedor sea el erario público o en casos de delito de contrabando.

En dicha norma, se establece una excepción que afectará a los casos en los que se satisfaga la totalidad de la cuantía defraudada a la Hacienda Pública por todos los conceptos con anterioridad a que se haga firme la sentencia.

En el preámbulo de la Ley Orgánica se indica que «la finalidad perseguida es reforzar en este concreto ámbito los principios de publicidad judicial, transparencia y eficacia de las actividades públicas», que, añade, «por estar consagrados constitucionalmente y ser garantes de la consecución de intereses generales, han de prevalecer en este caso sobre los derechos individuales a la intimidad y la protección de datos»

Y que el principio de publicidad de las actuaciones judiciales y las sentencias dictadas por los Tribunales se encuentra consagrado en el artículo 120 de la Constitución Española.

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