El CONSTITUCIONAL suspende cautelarmente un artículo de la LEY DE HACIENDA CATALANA

El CONSTITUCIONAL suspende cautelarmente un artículo de la LEY DE HACIENDA CATALANA

14 / 09 / 2015 00:00

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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite, y por lo tanto ha dejado en suspenso de forma cautelar, el artículo 4 de la Ley 9/2015, de 12 de junio, por el que se crea la Agencia Tributaria de Cataluña.

El artículo 4 de la Ley 9/2015, de 12 de junio, que modifica la Ley 7/2007, de la Agencia Tributaria de Cataluña prevé la «integración voluntaria» de estos funcionarios en los cuerpos superiores de inspectores tributarios y técnicos de gestión de la Generalidad de Cataluña.

El Gobierno considera que ese precepto vulnera el derecho al acceso en condiciones de igualdad a la función pública previsto en la Constitución y el estatuto del trabajador.

La decisión del alto tribunal no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, sino que suspende temporalmente, durante cinco meses, la norma impugnada, en tanto resuelve sobre el fondo del asunto.

El Gobierno argumenta que la ley vulnera el derecho fundamental del artículo 23, «por el que los ciudadanos de toda la nación tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes».

Añade que se vulnera el artículo 103.3 de la Constitución que establece el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad. Asimismo, apunta que afecta a los artículos 55 y siguientes del Estatuto Básico del Empleado Público, relativos al acceso al empleo público y la adquisición de la relación de servicio. «Este Estatuto señala que los sistemas de selección de funcionarios de carrera serán, con carácter general, los de oposición y concurso-oposición y sólo en virtud de ley, y con carácter excepcional, el sistema de concurso», argumenta.

El tribunal ha dictado una providencia este lunes en la que acuerda dar traslado del recurso al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Gobierno y al Parlamento de Cataluña, que dispondrán de 15 días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes. (CONFILEGAL/EP)

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