La Sala de Gobierno del Supremo no ha atendido la denuncia de una supuesta «desviación de poder» realizada por el magistrado José Manuel Sieira, expresidente de la Sala de lo Contencioso-administrativo del alto tribunal, y la ha remitido al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
La Sala del Gobierno le ha recomendado acudir al CGPJ para recurrir en alzada las decisiones del Tribunal Supremo con las que no esté de acuerdo.
Se da la circunstancia de que la queja del magistrado en cuestión tiene su origen en su sustitución como presidente de la citada sala, algo que decidió el mismo CGPJ, al cual considera competente la Sala de Gobierno del TS.
El magistrado denunció ante la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo una posible «desviación de poder» por parte del juez que le sustituyó en su anterior puesto, Luis Díez-Picazo.
La desviación denunciada se produjo, según José Manuel Sieira, al haber evitado el actual presidente de la Sala que él, después de ser desbancado por el CGPJ de la presidencia de lo contencioso-administrativo del alto tribunal, dirigiera al menos una de las siete secciones que la forman.
Sieria quería presidir la Sección Cuarta de dicha Sala, cuya pendencia de asuntos es la más alta de las Secciones, siendo de 1.351 asuntos en datos actualizados de este mes de agosto.
Sin embargo, se le asignó a la Séptima, que preside el magistrado Jorge Rodríguez Zapata uno de los dos únicos jueces -entre los 31 que integran la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo -que goza de mayor antigüedad que Sieira.
En su escrito, Sieira denunciaba que, de esta forma, se le había impedido acceder a la Sección Primera «sin motivación» remitiéndole a la sección séptima, la única junto a otra de la que forman parte los magistrados de mayor antigüedad que él, lo que evitaría que la presida.
«Las circunstancias descritas y la falta de motivación del acuerdo de la Presidencia determinan que éste deba entenderse como expresión de la voluntad de que el magistrado que suscribe no desempeñe presidencia de sección alguna (…) lo que podría incluso llevar a pensar que nos encontramos ante una auténtica desviación de poder», denunciaba.
Sin embargo, la Sala de Gobierno del alto tribunal no lo ve así. Y le ha respondido que la competencia sobre los nombramientos corresponde al Consejo General del Poder Judicial, el mismo que decidió la sustitución de Sieira por Díez-Picazo.
Esta decisión es sorprendente porque hasta la fecha la composición de las secciones la decide la Sala de Gobierno, según establece el artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que sostiene como atribuciones de las Salas de Gobierno «establecer anualmente con criterios objetivos los turnos precisos para la composición y funcionamiento de las Salas y Secciones del Tribunal y de las Audiencias Provinciales del territorio, así como de modo vinculante las normas de asignación de las Ponencias que deban turnar los Magistrados».
Asimismo, el citado artículo otorga potestad a la Sala de Gobierno de «completar provisionalmente la composición de las Salas en los casos en que, por circunstancias sobrevenidas, fuera necesario para el funcionamiento del servicio, siempre sin perjuicio de respetar el destino específico de los magistrados de cada Sala».