TRASLADO FORZOSO para una ABOGADA FISCAL de Reus que interpuso una queja contra su superior

TRASLADO FORZOSO para una ABOGADA FISCAL de Reus que interpuso una queja contra su superior

26 / 10 / 2015 00:00

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El BOE de hoy recoge una orden del Ministerio de Justicia que aprueba el traslado forzoso de la abogada fiscal María Isabel Morán Aguirre, que ejercía en Reus, por «disidencias graves» con su superior. Será trasladada a la sección territorial de Lorca, en Murcia. La decisión fue tomada a instancias de la Fiscal General del Estado, Consuelo Madrigal, y con el visto bueno del Consejo Fiscal.

YOLANDA RODRÍGUEZ @yolandachucu

Según publica elboenuestrodecadadia.com, en julio, la Asociación de Fiscales emitió un comunicado en el que mostraban su preocupación por este caso, dado que «desconocían las razones» del mismo y que tenían «dudas razonables» sobre la idoneidad de aplicar el artículo 40.1 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. En concreto, este punto establece que se podrán aplicar traslados forzosos por «disidencias graves con el Fiscal Jefe respectivo por causas a aquellos imputables».

María Isabel Morán, que hsta ahora tenía destino en la Sección Territorial de Reus, Fiscalía Provincial de Tarragona, ocupando plaza de tercera categoría, pasará a ocupar plaza de tercera categoría en la Sección Territorial de Lorca de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por disidencias graves con el Fiscal Jefe.

En el comunicado, además, aseguran que el expediente deriva de la queja presentada por María Isabel Morán ante su superior, la Decana de la Sección Territorial de Reus. La queja fue archivada por la Inspección Fiscal porque no encontraron indicios de actuaciones irregulares en el desempeño de su trabajo por parte de la Decana.

Con esta decisión se pone fin a la vía administrativa, «contra la misma los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses y, potestativamente, el de reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes, a contar ambos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»».

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