Los autores de la declaración de independencia de Cataluña denunciados por un supuesto delito de sedición

Los autores de la declaración de independencia de Cataluña denunciados por un supuesto delito de sedición

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30/10/2015 00:00
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Actualizado: 30/10/2015 00:00
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Cinco abogados de Madrid y Zaragoza han presentado hoy una denuncia ante Consuelo Madrigal, fiscal general del Estado, denunciando a Jordi Turull i Negre, Marta Rovira i Vergés, Antonio Baños i Boncompain y Anna Gabriel i Sabaté, diputados autonómicos de Junts pel sí y la Cup, por un presunto delito de sedición.

CARLOS BERBELL 

Los letrados denunciantes -Montserrat Suárez Abad, Manuel Álvarez de Mon Soto, Sofía Maraña García, Ricardo Fernández Gil, todos de Madrid, y Santiago Gimeno García, de Zaragoza- relatan en su denuncia que los diputados citados, de Junts Pel sí y de la CUP, «presentaron el 27 de octubre de 2015 en el Parlamento de Cataluña una propuesta de ruptura del Estado en los términos públicos y notorios referidos por todos los medios de comunicación audiovisuales y de prensa escrita del día referido así como del día siguiente, el 28 de octubre».

Para sustanciar esta afirmación, adjuntan copias de los periódicos El Páis, El Mundo, ABC y El Periódico de Barcelona. 

Según estos cinco abogados, la mencionada propuesta supone un «presunto delito de sedición» contemplado en el artículo 544 del Código Penal, «en grado de provocación, conspiración y proposición», con arreglo al artículo 548. 

«El manifiesto de secesión, porque eso es lo que es la llamada propuesta de resolución para la independencia de Cataluña impulsada por estos señores del Junts Pel Sí y la Cup, es claramente delictivo. Es un delito por escrito. Y está contemplado en el Código Penal como sedición», explica Álvarez de Mon, uno de los impulsores de la denuncia. 

«También consideramos que, al hacerlo, han cometido un delito de organización en grupo criminal, del artículo 570 bis del Código Penal. Son un grupo de señores que se han unido para acabar con la unidad de nuestro país, establecida en la Constitución. Son, por lo tanto, un grupo organizado que, para mayor abundamiento, ostentan la condición de autoridades», añade el abogado. 

«Nuestra denuncia está perfectamente sustanciada y esperamos que la señora Madrigal haga lo que tiene que hacer, cómo máxima figura de la defensa de la legalidad española con competencia en todo el territorio nacional», concluye. 

La pelota queda ahora en el tejado de la fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, que tendrá que valorar si efectivamente se han producido los delitos denunciados y, por lo tanto, iniciar las diligencias precisas.

Sobre lo que haga, en un sentido o en otro, tendrá que informar a los denunciantes del avance de las pesquisas, tal como establece la reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. 

El artículo 544 del Código Penal dice «Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales».

Y el 548 está redactado de la siguiente forma: «La provocación, la conspiración y la proposición para la sedición serán castigadas con las penas inferiores en uno o dos grados a las respectivamente previstas, salvo que llegue a tener efecto la sedición, en cuyo caso se castigará con la pena señalada en el primer apartado del artículo 545, y a sus autores se los considerará promotores».

UPYD PRESENTÓ UNA QUERELLA ANTES

Unión Progreso y Democracia (UPyD) presentó, por su parte, hace unos días, una querella contra los cuatro diputados denunciados ahora por este grupo de abogados pero incluyeron a Carmen Forcadell, presidenta del Parlament de Cataluña, por un delito de conspiración para cometer sedición, por el que también pidieron prisión provisional. 

A diferencia de esta denuncia, la querella fue presentada ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. En la misma destacaban el discurso que pronunció Forcadell durante su toma de posesión, en el que habló de un parlamento soberano y finalizó con una apelación a la república catalana. 

UPyD, al igual que el grupo de abogados, cita el artículo 548 del Código Penal. 

La querella y la denuncia, de decidirlo así la fiscal general, podrían confluir en un único asunto. 

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