El Supremo ordena al CGPJ aprobar un nuevo escalafón para la 64ª promoción de jueces

El Supremo ordena al CGPJ aprobar un nuevo escalafón para la 64ª promoción de jueces

4 / 11 / 2015 00:00

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El Tribunal Supremo emite la sentencia del recurso contencioso-administrativo interpuesto por más de 60 jueces de la 64 Promoción de la Carrera Judicial (2014) y que obliga al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a elaborar de nuevo el escalafón; como consecuencia, 204 jueces podrían tener que cambiar de destino. Este fallo se adelantó el 29 de septiembre.

YOLANDA RODRÍGUEZ.

El Alto Tribunal ha estimado el recuso presentado por estos jueces sesenta y cutro jueces de la 64 Promoción de la Carrera Judicial, que obtuvieron una calificación de la Escuela Judicial.

En ese caso, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) decidió tenerla en cuenta, valorando sólo y exclusivamente la nota real que cada juez obtuvo en la oposición. Sin embargo, el alto tribunal entiende que «la opción por el criterio del puesto (y no por el de la nota) se proyecta sobre diversos momentos del proceso de selección (incluido el que determina la puntuación final de los aspirantes) y ha de considerarse respetuoso con los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 23.2 de la Constitución».

Así lo decidió, el pasado 29 de septiembre el Pleno de la Sala Tercera, presidido por primera vez por Luis Díez-Picazo, que recitificó al órgano de gobierno de los jueces y ordenó que el CGPJ elabore un nuevo baremo con la nota homogeneizada y no con la nota real que cada juez obtuvo en la oposición. 

Como ya aseguró Confilegal, la nueva clasificación modificará obligatoriamente el escalafón vigente.

Esta decisión podría tener una consecuencia directa: retrotraer el proceso de oferta de plazas al momento en que obtuvieron sus diplomas y, en consecuencia, a la asignación de nuevos destinos, de acuerdo con los baremos que tendrían que haberse tenido en cuenta. Ya que como asegura la sentencia conocida hoy «el nuevo escalafón (resultante de la aplicación de las bases de la convocatoria) afectará a todos los integrantes de la promoción, sin que por ello se vulnere el principio de congruencia».

Por todo ello, el Supremo ordena  «a la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial que proceda a aprobar un nuevo escalafón de los jueces y juezas que integran la 64ª promoción teniendo en cuenta lo dispuesto en las bases G.2.13 y G.2.14 del acuerdo de la Comisión de Selección regulada en el artículo 305 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de fecha 31 de enero de 2011, de manera que para determinar la nota final de los que superaron en su integridad el proceso selectivo se tenga en cuenta la puntuación asignada en el acuerdo de la misma Comisión de Selección de 5 de julio de 2012, esto es, la homogeneizada o adaptada en los términos que resultan de la segunda de aquellas bases de la convocatoria, con las consecuencias legales inherentes a ese nuevo escalafonamiento».

Hasta que llegue ese momento, los 204 jueces, toda la Promoción al completo, tienen sus destinos en el aire. 

La rectificación impuesta por la Sala Tercera supone un fuerte varapalo para el órgano de gobierno de los jueces que va a tener que hacer frente a una reordenación de destinos de los jueces recurrentes tras la elaboración del nuevo escalafón. 

El fallo de esta sentencia de la Sala Contencioso-Administrativo que se adelantó el pasado 29 de septiembre de 2015, incluye tres votos particulares.

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