El Supremo condena a la revista Lecturas a indemnizar con  21.000 euros a Silvia Jato por no «pixelar» bien a sus hijos

El Supremo condena a la revista Lecturas a indemnizar con 21.000 euros a Silvia Jato por no «pixelar» bien a sus hijos

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28/11/2015 00:00
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Actualizado: 28/11/2015 00:00
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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha condenado a la revista Lecturas a indemnizar con 21.000 euros a la presentadora Silvia Jato por publicar unas fotos con sus tres hijos en las que «pixelaron» poco los rostros de los pequeños, por los que se les podía reconocer. El tribunal ha dictaminado que se produjo una vulneración de su intimidad.

MALENA PUIG LAPORTA. 

La fotografía fue publicada en enero de 2012 en Lecturas, ilustrando una noticia de la popular presentadora de televisión. La foto de los tres niños se tomó cuando salían del colegio.

La noticia versaba sobre la separación de Silvia Jato. A los niños sólo se les «pixeló» (difuminó) los ojos y no el rostro completo. 

Jato y el padre de los niños demandaron a la publiación por consdierar que las fotografías suponían una intromisión ilegítima en el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen de sus hijos.

Una demanda a la que el Alto Tribunal, en una sentencia cuyo ponente ha sido el magistrado José Antonio Seijas, ha respondido positivamente, rechazando el recurso de casación presentado por RBA Revistas, S.L., editora de Lectoras, contra la condena previa que la Audiencia Provincial de Madrid había dictado en su día en apelación.

El Tribunal Supremo concluye que no se cumplió con el requisito de proteger el interés de los menores. 

La defensa legal argumentó que, con la «pixelación» realizada los niños no eran reconocibles.

También argumentaron que la fotografía fue tomada en «un lugar público, de una escena cotidiana e inocua para su reputación e interés, accesoria a la de su madre».

La sentencia es tajante: «No existe un interés público en la captación o difusión de la fotografía que pueda considerarse constitucionalmente prevalente al interés superior de preservar la captación o difusión de las imágenes de los menores en los medios de comunicación», por lo que los padres deben ser indemnizados.

Por ello, condenan a la sociedad RBA Revistas, S.L., a los 21.000 euros de inmdenización mencionados por una «intromisión ilegítima en los derechos a la intimidad personal y familiar y la propia imagen de los hijos menores de los demandantes».

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