Eugenio Sánchez María mató a su caballo de carreras, Sorky das Pont, a golpes, de forma cruel. El Juzgado de lo Penal 8 de Palma de Mallorca lo condenó a 8 meses de prisión. Y el de Ejecutorias ordenó su inmediato ingreso en prisión. Sánchez lleva un mes cumpliendo la pena. Ahora la Audiencia Provincial la suspende bajo la condición de que siga un programa de protección de animales.
MALENA PUIG LAPORTA.
Sorky das Pont, de 6 años, era un caballo de carreras. A lo largo de seis años había tomado parte en más de 100 y había ganado 24.
El 30 de diciembre de 2012, el caballo saltó durante una carrera de trote y fue descalificado.
Su dueño, Sánchez María, de 41 años y repartidor de profesión, la pagó violentamente con el equino en las cuadras del hipódromo de Manacor.
¿Por qué? Porque estaba «enfadado» por la «mala carrera».
Eduardo Calderón, el magistrado que lo condenó, así lo escribe en la sentencia. Sánchez María atizó con un palo en la cabeza del caballo hasta matarlo.
Sánchez María luego explicó que Sorky das Pont se había desnucado al alzarse de las patas delanteras y golpearse con una viga del techo.
El juicio tuvo lugar en abril de este año y el acusado reconoció los hechos. No pensó que entraría en la cárcel, pero entró.
Por decisión de la magistrada de ejecutorias, María Jesús Campo Barciela, así lo ordenó.
Fue una medida extraordinaria, un aviso para navegantes. Porque, como en el caso de Isabel Pantoja, Sánchez María no tenía antecedentes penales y cuando la pena no supera los dos años, ésta queda en suspenso. Depende siempre de la decisión del magistrado. Es potestativo. En este caso, Campo Barciela no lo dejó pasar. Sánchez María entró en prisión.
LA AUDIENCIA PROVINCIAL ORDENA LA LIBERTAD
Ahora el tribunal formado por los magistrados Samantha Romero -que presidirá el juicio por el caso Nóos en enero próximo- Eleonor Moyá y Mario S. Martínez- han revocado la decisión del Juzgado Penal de Ejecutorias de Campo Barciela y han ordenado la puesta en libertad de Sánchez María.
«Tratándose de una pena corta de prisión, encontrará mejor respuesta en otras formas de cumplimiento a través de la participación en un programa de protección de animales», dice el auto de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma, argumentando la puesta en libertad. «Programa cuyo control y seguimiento por el penado se llevará a efecto por el Servicio de Gestión de Penas, informando periódicamente al órgano de ejecución desde su inicio a su finalización».
«Se apercibe expresamente al penado», dice el auto de revocación de cumplimiento de condena en prisión, «que si comete algún delito durante el periodo de suspensión, o no cumple con las condiciones impuestas se podrá revocar la suspensión ordenando el cumplimiento de la pena en un centro penitenciario».