“Ahora te hago lo que tenía que hacerte”. Esa fue la frase que Manuel Sánchez, de 66 años, pronunció segundos antes de dispararle a su mujer, de 60 años, a las piernas con su escopeta de caza. Ocurrió el 14 de diciembre de 2011. Al tribunal no le cupo duda de que quería “dejarla postrada por vida en una silla de ruedas”. Por eso le han condenado a 15 años de internamiento en un Psiquiátrico.
MANU GARCÍA.
El tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pamplona, formado por los magistrados José Francisco Cobo, Begoña Argal y Raquel Fernandino, declaró probado que en agosto de 2011 Sánchez discutió con su esposa y, en un momento dado, le «puso un cuchillo en el cuello» y le dijo que «le iba a matar»; un mes después, en septiembre, en el transcurso de una discusión, el condenado le asestó «un puñetazo» en el brazo izquierdo que le provocó un hematoma.
La pareja vivía en Burlada, un pequeño municipio situado a 3 km al noreste de Pamplona.
Entre septiembre y octubre, en presencia de su hija -tienen dos hijos adultos-, Sánchez amenazó a su esposa con dispararle «a las rodillas» para que ella supiera lo que era «sufrir». Y le dijo que luego se iba a «pegar un tiro en la cabeza».
La amenaza se materializó el 14 de diciembre de 2011. Sobre las 12 horas, la víctima llegó al domicilio conyugal tras hacer unos recados.
Su marido se estaba preparando unos huevos con tocino y ella se ofreció a terminar de cocinarlos. Cuando la mujer terminaba de hacer la comida, Sánchez se fue «al dormitorio donde guardaba una escopeta de caza del calibre 12, marca Breda, modelo Saut y tras municiar la escopeta con, al menos, dos cartuchos, se dirigió a la cocina y de espaldas a su mujer le dijo ‘ahora te hago lo que tenía que hacerte'», dice la sentencia.
«Y con la firme y determinante decisión de dejarla postrata de por vida en una silla de ruedas efectuó dos disparos impactando cada uno de ellos en ambas piernas», prosigue el fallo.
Acto seguido, Sánchez salió de la cocina y se disparó en el rostro, pero no llegó a terminar con su vida, como suele ocurrir en el 16 por ciento de este tipo de agresiones.
La mujer quedó gravemente afectada, como así lo constataron los médicos forenses: «Presenta limitaciones en su vida cotidiana ya que presenta cojera por acortamiento de la extremidad derecha en 1,5 cm y lesión del nervio ciático común que podría derivar en una incapacidad total». Precisa «de ayuda para la deambulación (mediante apoyo de muleta/andador) debido a las lesiones que presenta (cojera por acortamiento de la extremidad derecha en 1,5 cm y lesión del nervio ciático común)».
Necesitó 737 días para curarse, pero le han quedado importantes secuelas limitativas.
En la sentencia, que es firme, por haberse dictado de conformidad, Sánchez ha sido condenado a 5 meses y 29 días por un delito de amenazas, otros 5 meses y 29 días por un delito de coacciones leves, 18 meses —9 por cada uno— por dos delitos de amenazas, 9 meses por un delito de maltrato no habitual y 6 años de prisión por un delito de lesiones con inutilidad de órgano o miembro principal.
En todos los delitos concurren la circunstancia agravante de parentesco —en el de lesiones también la alevosía— y la eximente incompleta de trastorno de ideas delirantes.
Por esta última circunstancia, en lugar de la condena de 9 años y 3 meses de prisión, el encausado deberá cumplir la medida de seguridad de internamiento en un centro psiquiátrico por un tiempo total de 15 años.
Además, el tribunal condena a Sánchez a indemnizar a su ya exesposa con 200.000 euros por los días de incapacidad, las lesiones y el perjuicio moral.