La justicia penal debe dejar de ser parcheada y tener una reforma integral, según los expertos
Eduardo Torres-Dulce, Ignacio Diez-Picazo, Cristina Jiménez y Vïctor Moreno en la presentación del estudio.

La justicia penal debe dejar de ser parcheada y tener una reforma integral, según los expertos

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09/5/2018 06:03
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Actualizado: 25/6/2020 18:08
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El Grupo de trabajo creado en Fundación Fide por diferentes expertos en derecho penal considera que “nuestra justicia penal no resiste más parches y necesita una meditada pero urgente reforma integral, en todos los planos: procesal, orgánico y sustantivo”. Así lo indican en un documento llamado “Bases de un nuevo modelo de Justicia penal”, presentado este martes  donde se pide una revisión integra del actual Código Penal vigente.

El documento de conclusiones es el resultado de numerosas sesiones de trabajo. En él se recoge el consenso de los integrantes del Grupo de Trabajo acerca de cómo deberían abordarse los grandes problemas de un sistema procesal penal de nueva planta.

El Grupo de Trabajo ha sido dirigido por Ignacio Díez-Picazo, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Complutense de Madrid quien ha recogido todas las aportaciones para dar forma al documento de conclusiones en el que han participado 9 reconocidos profesionales del ámbito jurídico.

Todas las personas que han participado en este grupo de trabajo de Fide lo han hecho a título personal y no en representación de las entidades o instituciones donde llevan a cabo su labor profesional, por lo que estas conclusiones no reflejan y no recogen posturas institucionales sino particulares de cada uno de los miembros del grupo.

Además de Ignacio Díez-Picazo, este grupo está configurado por Julio Fuentes, subdirector general de Normativa Marítima y Cooperación Internacional y administrador civil del Estado; Cristina Jiménez, magistrada en excedencia y presidenta de la Fundación FIDE; Ángel Juanes, vicepresidente del Tribunal Supremo.

Junto a ellos Juan S. Mora-Sanguinetti, economista Titulado en el Banco de España – Eurosistema y abogado; Víctor Moreno, director del IAMJL, catedrático Derecho Procesal, Universidad Carlos III de Madrid y miembro del Consejo Académico de Fide; Javier Sánchez, socio director en Sánchez-Junco y  fiscal en excedencia; Eduardo Torres-Dulce, fiscal en excedencia y Of Counsel de J&A Garrigues Abogados; Jesús Zarzalejos, abogado, doctor en Derecho y profesor Asociado de Derecho Procesal Universidad Complutense de Madrid y Colegio Universitario de Estudios Financieros (CUNEF).

Los expertos presentan una serie de medidas entre la que destacan, una revisión integra del Código Penal vigente, la necesidad de realizar una auditoría para conocer la situación realmente existente y una necesaria coordinación de las reformas que se vayan a poner en marcha : procesales, orgánica y sustantiva como elemento esencial

Un tema clave es elección fiscal general del Estado

Estos expertos son partidarios de  crear una convención constitucional en virtud de la cual el fiscal general del Estado fuera nombrado con la aquiescencia de los principales grupos parlamentarios de la oposición.

También indican que la audiencia del CGPJ previa al nombramiento del fiscal general del Estado por el Gobierno debería tener una relevancia real y no limitarse a un automatismo formal. Aunque legalmente no vincule su parecer, debería resultar políticamente inadmisible que se designase fiscal general del Estado a quien no concitase una amplia aprobación en el seno del Consejo General del Poder Judicial.

El Fiscal General del Estado, aunque continúe siendo nombrado por el Gobierno, debería poder ser reprobado y, en su caso, cesado por mayoría simple del Congreso de los Diputados.

A este respecto, también consideran que es necesario que el Ministerio Fiscal ha de tener autonomía presupuestaria: cuando menos en la iniciativa de elaboración de su presupuesto de gasto y en su gestión. Debe tener también autonomía en la gestión de medios materiales y personales.

Al mismo tiempo consideran que deben reforzarse los mecanismos de autonomía en la gestión de la carrera fiscal. reflexionarse sobre la conveniencia de que el Consejo Fiscal cambie su composición yse integren en él juristas no fiscales, así como establecerse  límites a la facultad del fiscal general del Estado de separarse del criterio del Consejo Fiscal y de la Junta de Fiscales de Sala.

La instrucción por el fiscal

Sobre la atribución de la investigación de los delitos al Ministerio fiscal, los experto indican que dicha atribución tiene condiciones esenciales, sin las cuales resulta de todo punto desaconsejable dar el paso.

Y, sobre todo, el cambio no puede consistir en meramente sustituir al juez de Instrucción por el fiscal. Ha de cambiarse de forma tajante el sentido de la investigación criminal y ha de conseguirse realmente que el momento real de la prueba de los hechos sea el juicio oral.

A este respecto señalan que debe haber contrapesos: la existencia de jueces de garantía y jueces de la acusación; la estricta limitación del material recogido durante la investigación que puede acceder al juicio; la existencia de una genuina Policía Judicial.

En cuanto a la  posición procesal del investigado debe ser especialmente salvaguardada. En caso de que quiera prestar declaración en el juicio, se hará siempre después de la práctica de otros medios probatorios.

Los expertos de este grupo de trabajo reclaman una revisión integra del actual Código Penal.

Igualdad de armas en el proceso penal

Se ha de reconocer al abogado defensor una posición idéntica a la del representante del Ministerio Fiscal. La comunicación del abogado con su defendido en supuestos de privación de libertad ha de ser previa a cualquier invitación a prestar declaración y con tiempo suficiente para preparar su estrategia defensiva.

Estos expertos reclaman que se debe trasladar al acusado, junto con el escrito de acusación, todo el material probatorio que se pretenda utilizar como prueba de cargo antes de formular el escrito de defensa. El acusado podrá comunicarse en todo momento directa e inmediatamente con su defensor durante todo el desarrollo del juicio oral.

Reducción drástica de los aforamientos y control de la acción popular para evitar una mala praxis son otras cuestiones que se plantean en esta Propuesta de nueva Justicia Penal

Otros elementos claves pasan por la dotación y la especialización de los peritos de varios campos (forenses, financieros, contables) y unificar de alguna forma la actual diversidad de sistemas informáticos existentes. Al mismo tiempo consideran la necesidad de crear una Policía Judicial dependiente del Ministerio Fiscal tanto funcional como orgánicamente, siguiendo la tendencia europea.

También indican en el citado documento que ha de hacerse una regulación detallada de los supuestos en que el contenido de la investigación tiene acceso al juicio por las vías, necesariamente excepcionales, del aseguramiento de prueba y de la prueba anticipada. 

Juez de Acusación, contrapeso a los poderes de la Fiscalía

Además del Juez de Garantías, ya citado insisten en la creación como  tribunal distinto, el Juez de Acusación. Debe existir un órgano judicial que, una vez tomada la decisión de que la investigación está bien concluida, decida motivadamente a su vez si procede el sobreseimiento o la apertura de juicio oral. Se trata de un contrapeso de cardinal importancia a los considerables poderes de la Fiscalía.

Otras cuestiones que analiza este grupo de trabajo es la reducción drástica de los aforamientos. Aunque señalan, que algunos no han perdido su sentido.

En cuanto a la acción popular creen conveniente que se excluya en todo caso de ella  a partidos políticos, sindicatos y personas jurídico-públicas. Al mismo tiempo creen que el catálogo de delitos en que quepa la acción popular debe ser ponderado y que en una investigación en manos del Ministerio Fiscal no es razonable que un acusador popular pueda estar presente desde el principio.

Al mismo tiempo consideran que  no hay ninguna base para supeditar la acusación popular a la existencia de otras acusaciones, salvo el caso de que haya víctima y esta no acuse.  A su juicio,  deberían darse potestades a los tribunales en cada fase para ordenar la extromisión de un acusador popular y sobre  la disuasión de la temeridad en el ejercicio de la acción popular debería reforzarse con la posibilidad de imposición de multas.

Este grupo de expertos creen que ha llegado el momento de obtener la implantación real y efectiva de medidas cautelares personales distintas de la prisión provisional y que también hay que dar un nuevo impulso a los mecanismos de aceleración de la justicia penal.

Conclusiones GT FIDE Justicia penal-Bases de un nuevo modelo de Justicia penal

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