El CGPJ acuerda la especialización en propiedad industrial de varios juzgados en Andalucía, Canarias y Galicia
La especialización de los juzgados en materia de propiedad industrial está prevista en la Ley 24/2015, de Patentes, y dicha norma no prevé la existencia de un órgano exclusivo en la materia en todas las comunidades.

El CGPJ acuerda la especialización en propiedad industrial de varios juzgados en Andalucía, Canarias y Galicia

Tendrán su sede en Granada, Las Palmas y A Coruña, según el acuerdo aprobado por la Comisión Permanente
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19/10/2018 14:15
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Actualizado: 19/10/2018 14:18
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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado la especialización en materia de propiedad industrial de varios juzgados de lo mercantil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Galicia y Canarias.

La especialización de los juzgados en materia de propiedad industrial está prevista en la Ley 24/2015, de Patentes. Esta norma no prevé la existencia de un órgano exclusivo en la materia (que abarca patentes, marcas y diseño industrial) en todas las Comunidades Autónomas,

En concreto, ha acordado la especialización del Juzgado de lo Mercantil de Granada, de los dos juzgados de lo mercantil situados en Las Palmas, y de los dos juzgados mercantiles de A Coruña.

Este acuerdo actualiza los adoptados en diciembre de 2016 y febrero de 2017, que atribuyeron en exclusiva el conocimiento de estos asuntos a varios juzgados en Cataluña, Madrid y Comunidad Valenciana, tres de las autonomías con mayor carga de trabajo en esta especialidad.

La especialización de los juzgados en materia de propiedad industrial está prevista en la Ley 24/2015, de Patentes.

Esta norma no prevé la existencia de un órgano exclusivo en la materia (que abarca patentes, marcas y diseño industrial) en todas las comunidades autónomas, razón por la cual establece que los juzgados especializados pasen de tener un ámbito territorial exclusivamente autonómico a tener un ámbito territorial mixto, autonómico y nacional.

En la práctica, por lo tanto, el demandante puede elegir en cada caso el órgano judicial más próximo para presentar su reclamación, aunque esté fuera de su comunidad autónoma, según ha explicado el órgano de gobierno de los jueces en una nota.

Esta previsión legal conjuga los principios de cercanía y descentralización de la Justicia y, al mismo tiempo, profundiza en la especialización, siguiendo la línea marcada por otras normas comunitarias sobre propiedad industrial.

La finalidad es optimizar recursos materiales y personales, agilizar la tramitación de los procedimientos y unificar criterios sobre una materia, de especial complejidad, en la que es aconsejable que el juez esté familiarizado con los conceptos jurídicos específicos de esta rama del derecho.

De acuerdo con la normativa vigente, hace dos años el Consejo General del Poder Judicial acometió un diseño global de órganos especializados a nivel nacional que respondiera de forma equilibrada tanto a los principios de cercanía y descentralización como a la necesidad de especialización.

En diciembre de 2016, la Comisión Permanente acordó la especialización de cuatro juzgados en Madrid, siete en Cataluña y tres en la Comunidad Valenciana y, en febrero de 2017, amplió a seis el número de órganos especializados en Madrid.

Teniendo en cuenta que Andalucía es, junto a las tres Comunidades Autónomas antes citadas, otro de los territorios que registra un mayor número de asuntos, la Comisión Permanente ha acordado ahora la especialización del Juzgado de lo Mercantil de Granada, el único que reúne las características necesarias en la zona sur de España.

Asimismo, se ha acordado la especialización de los dos juzgados de lo mercantil situados en Las Palmas, dada la distancia y la limitación de las comunicaciones entre las Islas Canarias y la península.

La lejanía de Galicia de los juzgados especializados es la razón por la que la Comisión Permanente también ha dado el visto bueno a la especialización de los dos juzgados mercantiles de A Coruña.

Sin embargo, la Comisión Permanente ha acordado que no procede la adopción de la medida en las Comunidades Autónomas de Aragón, Asturias, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia, Navarra, País Vasco y La Rioja al no reunir los requisitos exigidos por la ley.

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