El fiscal decano de Talavera afirma «desconocer» la orden de demolición de su chalet y la sentencia del TSJCLM que la ratifica
La Confederación Hidrográfica del Tajo ordenó al fiscal decano de Talavera demoler su chalet en 2009 y en 2017 pero Ángel Demetrio de la Cruz Andrade jamás cumplió la orden; tampoco cuando el TSJCLM, en 2019, ratificó dicha orden.

El fiscal decano de Talavera afirma «desconocer» la orden de demolición de su chalet y la sentencia del TSJCLM que la ratifica

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23/10/2020 10:00
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Actualizado: 23/10/2020 10:16
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El fiscal decano de Talavera de la Reina, Toledo, Ángel Demetrio de la Cruz Andrade, negó ayer que exista, desde 2009, una orden de demolición de su chalet, situado en la localidad de Pepino, a 9 kilómetros al norte de la capital de la comarca.

El edificio fue levantado parcialmente sobre la zona de servidumbre del cauce del Arroyo Berrenchín, espacio prohibido por la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT).

De la Cruz Andrade previamente había jurado decir verdad en el juicio que se celebró en el Juzgado de lo Penal 3 de Talavera de la Reina por una querella contra el exmagistrado Fernando Presencia, a instancias del citado fiscal decano, por la que solicitó contra él 8 años de cárcel y 500.000 euros de indemnización.

El fiscal decano dijo «desconocer» la orden de derribo del chalet, acordada por la CHT el 6 de marzo de 2009.

«En el año 2009 me dijeron que tenía que proceder a legalizar la obra. Si no, se aplicarían las sanciones que fuesen administrativas», contestó, echando balones fuera en un ejercicio de «aparente» ignorancia, a preguntas del abogado de Presencia, Luis José Sáenz de Tejada-Vallejo.

De la Cruz Andrade jamás cumplió dicha orden, una decisión contradictoria con el ejercicio de sus obligaciones que son, precisamente, la defensa de la legalidad y el cumplimiento de la ley. 

Ocho años más tarde, el 31 de octubre de 2017 la Confederación Hidrográfica del Tajo volvió a requerir al fiscal decano que demoliera el chalet.

RECURRE ANTE EL TSJCLM LA DEMOLICIÓN DE SU CHALET Y PIERDE

En esa ocasión, su esposa, y copropietaria, María García García, interpuso un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) contra ese requerimiento.

Recurso que devino en una sentencia negativa, la 122/2019, de 30 de abril, que dictó la Sección Segunda de esa jurisdicción, por la que se dio plena validez a la orden de demolición del chalet decretada por en las dos ocasiones mencionadas, en 2009 y en 2017. 

El abogado del Estado del caso, Pedro González, argumentó también que el chalet fue construido ilegalmente y, por lo tanto, había que demolerlo.

La sentencia del TSJCLM se convirtió en firme tres meses más tarde, el 15 de julio de 2019, al renunciar a recurrirla en casación ante el Tribunal Supremo. 

Un hecho, el de la existencia firme de este fallo, que De la Cruz Andrade negó ayer cuatro veces en una sola frase: «No, no, no, eso no es cierto». 

El fiscal decano de Talavera y su señora estaban obligados a demoler su chalet pagándolo de su bolsillo, bien contratando a profesionales o solicitando su ejecución subsidiaria bien al Ayuntamiento de Pepino o a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Sin embargo, no lo hicieron sino que, por el contrario, solicitaron, el 10 de septiembre de 2019, la legalización de la obra mediante un escrito. Lo que –inexplicablemente– dio lugar a la apertura de un expediente y a la paralización del derribo hasta su resolución final.

El escrito fue presentado diez días después de que prescribiera el plazo para llevar a cabo la orden de demolición.

Fernando Presencia con sus abogados, Luis José Sáenz de Tejada-Vallejo, que ejerció la defensa, y Sebastián Gómez Marfil, presidente y miembro de la ejecutiva de la asociación «Justicia en lucha» respectivamente, al término del juicio, junto a la puerta de los Juzgados de Talavera de la Reina, Toledo. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

PREVARICACIÓN OMISIVA URBANÍSTICA

El fiscal decano dijo desconocer la denuncia que Presencia y la Asociación contra la corrupción y en defensa de la acción pública” (ACODAP) de la que es presidente el exmagitrado, interpusieron contra Javier Díaz Regañón Jiménez y José Antonio Díaz-Lázaro Carrasco, comisarios de aguas de la CHT, por los supuestos delitos de falsedad documental y prevaricación administrativa, al permitir, así como contra el propio De la Cruz Andrade y su esposa.

Una denuncia que fue archivada, en un principio por la magistrada del Juzgado de Instrucción 5 de Madrid, Carmen Valcarce, pero que fue contestada con un recurso de apelación de la propia ACODAP y otro del fiscal de Medio Ambiente de Madrid, César Estirado. 

Estirado entiende que puede existir el delito de “prevaricación urbanística omisiva” por parte de la CHT, contemplada en los artículos 320 y 11 del Código Penal, por no demoler el chalet ilegal.

Es patente una indebida inactividad de los responsables competentes de la CHT en cuanto al cumplimiento de la orden de demolición de la construcción que afectaba las zonas de servidumbre y de policía (la primera no legalizable) del dominio público hidráulico que se mantiene desde la resolución de fecha 6 de marzo de 2009 hasta el requerimiento de ejecución de fecha 31 de octubre de 2017, más de ocho años”.

Para el fiscal de este caso, el hecho de que la CHT no haya hecho nada –la “inactividad administrativa”– es “prevaricadora”.

El resultado es “equiparable a dictar una resolución expresa”.

Existiría, por lo tanto, “dolo” de los responsables, “dada la trascendencia urbanística que tiene la tolerancia pasiva de la Autoridad competente para demoler unas obras no autorizadas y sometidas a requisito de su autorización, máxime si son legalizables”.

La Audiencia Provincial de Madrid tiene que responder ahora a ambos autos.

De acuerdo con De la Cruz Andrade, que trató de proyectar la imagen de que no sabía nada, él «levantó el chalet con licencia municipal y no sabía que tenía que pedir autorización a la Confederación Hidrográfica del Tajo».

Y aseguró: «Estamos en un pleito. Vamos a llegar al Contencioso-Administrativo».

La sentencia del TSJCLM era, precisamente, del contencioso-administrativo y la ausencia de recurso ante el Supremo les cerró la puerta para continuar por ahí.

El fiscal decano se querelló contra el exmagistrado por los  supuestos delitos de calumnias, denuncia falsa y denuncia falsa con publicidad porque Presencia le había imputado presuntos delitos e prevaricación, cohecho y tráfico de influencias en relación con la construcción de su chalet. 

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