El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha concedido hoy a una magistrada destinada en Cataluña la licencia por riesgo durante la lactancia natural hasta que su hija —diagnosticada con PEG, es decir, “pequeña para la edad gestacional”, y con recomendación de lactancia materna exclusiva a demanda— cumpla nueve meses.
La decisión estima por unanimidad el recurso de alzada presentado por la magistrada contra el acuerdo de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat), que había rechazado la licencia.
El TSJCat consideró suficientes las medidas de adaptación propuestas por el Servicio de Prevención de Riesgos (exclusión de guardias y turnos nocturnos, limitación a cinco días consecutivos de trabajo, flexibilidad horaria, pausas para extracción de leche, exclusión del plan de sustituciones y uso de despacho y frigorífico).
Entendió, por tanto, que no era necesaria la suspensión de funciones prevista en el artículo 26.4 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, ni en el artículo 93 del Reglamento del Mutualismo Judicial.
Sin embargo, el Pleno del CGPJ concluye que la denegación carecía de una motivación individualizada suficiente y no valoraba adecuadamente la situación médica de la menor. Por ello, estima el recurso y reconoce el derecho de la magistrada a la licencia.