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El Gobierno de Extremadura, condenado por su propia desidia en la construcción de un colegio: «nadie puede aprovecharse de sus propias torpezas»

La Junta de Extremadura tendrá que hacerse cargo de la subida de precios de los materiales de la obra de construcción.

28/06/2026 03:06

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha resuelto un conflicto entre la Junta de Extremadura y la empresa Construcciones Majoin S.L., a raíz de la construcción de un nuevo colegio en la comunidad autónoma. Unas obras que no se finalizaron, y cuya responsabilidad no quedaba definida.

Todo comenzaba con el contrato de obras para la construcción del nuevo Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) de Perales del Puerto, en Cáceres.

El contrato preveía un plazo inicial de ejecución de doce meses, a contar desde mayo de 2021. Sin embargo, la obra no pudo completarse en ese tiempo.

El 23 de marzo de 2022, la empresa solicitó una ampliación de ocho meses, aunque la Administración únicamente accedió a conceder una prórroga de cinco meses, fijando como nueva fecha límite octubre de 2022.

Ese nuevo plazo tampoco bastó para finalizar los trabajos. De hecho, la obra permaneció paralizada durante varios meses, pese a que la constructora solicitó una segunda ampliación del plazo de ejecución.

Ante esa situación, la Administración acordó en febrero de 2024 resolver el contrato por considerar que los retrasos eran imputables a la contratista. Como consecuencia, también ordenó la incautación de la garantía definitiva, por importe de 49.674 euros.

La empresa recurrió esa decisión ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), integrada por los magistrados Elena Concepción Méndez Canseco, presidenta; Mercenario Villalba Lava; Raimundo Prado Bernabéu; Casiano Rojas Pozo, ponente; y Carmen Bravo Díaz.

En su sentencia 265/2026, el tribunal estimó parcialmente el recurso de la constructora.

La «desidia» de la Junta de Extremadura

Así pues, la empresa sostenía que en este caso «no ha existido culpa del contratista» y que la resolución del contrato para la construcción del colegio de Cáceres obedecía a un «desistimiento de la Administración».

En la misma línea, reclamaba que el TSJEx reconociera su derecho «al equilibrio del contrato a través de la revisión de precios», alegando el incremento del coste de los materiales, que cifraba en 31.313 euros.

Sin embargo, el tribunal concluye que «el retraso y la falta de terminación de las obras contratadas se ha debido principalmente al comportamiento e inacción de la empresa contratista», según razona al resolver el recurso.

Precisamente por el «muy escaso interés» mostrado por la constructora, que solo había ejecutado alrededor del 30% de lo previsto, el TSJEx considera que la decisión de la Junta de Extremadura de resolver el contrato «es correcta».

Sin embargo, los magistrados también valoran la «desidia» de la Junta de Extremadura. En concreto, con la solicitud de la empresa para compensar el aumento de los precios de los materiales. Una diferencia clave para la realización de la obra.

«No consta que se haya seguido por parte de la Administración el procedimiento establecido para resolver la solicitud de reequilibrio», critica el tribunal.

Ello, señalando el tribunal que la Administración aprovechó su propia lentitud para denegar el pago. «Nadie se puede beneficiar de sus propias torpezas», añade la sentencia.

Algo que lleva al TSJEx a estimar en parte el recurso de la empresa, declarando que la resolución del contrato es válida y conforme a Derecho, pero obligando a la Administración extremeña a pagar los 31.313 euros de la subida de materiales, más los intereses correspondientes.

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