El magistrado Juan Carlos Peinado se jubila el 27 de septiembre próximo. Cualquier decisión que se tome tendrá que ser antes de esa fecha. Después no se podra hacer nada. Foto: Confilegal.

El CGPJ remite al TSJ de Madrid dos expedientes sobre Peinado por posibles faltas de desconsideración y retraso

28 / 07 / 2026 14:36

Actualizado el 28 / 07 / 2026 14:52

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado enviar al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dos diligencias informativas abiertas al magistrado Juan Carlos Peinado para que determine si pudo cometer dos faltas leves: una de desconsideración y otra por retraso injustificado en la tramitación de un procedimiento.

Peinado es titular de la plaza número 41 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid (antiguo Juzgado de Instrucción 41 de Madrid).

La decisión corresponde ahora al TSJM porque la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye a los presidentes, en este caso a la presidenta en funciones María Aurora de la Cueva Aleu –el cargo está vacante desde que Celso Rodríguez Padrón fuera nombrado magistrado de la Sala de lo Militar del Supremo– y a las Salas de Gobierno de los tribunales superiores la competencia para sancionar las faltas leves.

La primera actuación está relacionada con un auto en el que el magistrado sugirió que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrían colaborar en la fuga de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno e investigada en la causa.

El Promotor de la Acción Disciplinaria, Rircardo Conde, había propuesto archivar el asunto. Sin embargo, la Comisión Permanente considera que existen precedentes del Tribunal Supremo que permiten examinar y sancionar expresiones desconsideradas incluidas en resoluciones judiciales.

La segunda diligencia procede de la denuncia de un particular por un supuesto retraso injustificado en un procedimiento entre junio de 2024 y enero de 2026. Aunque el Promotor también planteó su archivo, la Comisión entiende que los hechos podrían constituir una falta leve de retraso.

Ambas decisiones se han adoptado por mayoría. Los vocales discrepantes anunciaron votos particulares.

Juan Carlos Peinado se jubila el 27 de septiembre

Posiblemente las decisiones tomadas no lleguen a nada pues el magistrado Juan Carlos Peinado tiene fecha de caducidad en la judicatura: se jubila el 27 de septiembre próximo.

Cualquier investigación que se inicie ahora y que sobrepase esa fecha quedará sin validez desde ese día.

Archivadas otras cuatro quejas

La Comisión Permanente también ha aceptado el archivo de otras cuatro diligencias informativas relacionadas con Peinado.

Una de ellas partió de las quejas del ministro de Justicia, Félix Bolaños, por varios hechos ocurridos durante su declaración como testigo.

Entre ellos figuraban la petición de un vehículo oficial para acceder al Palacio de la Moncloa, la solicitud de una tarima para situarse a mayor altura que el compareciente y la interrupción del interrogatorio para que el ministro consultara un dato.

El CGPJ considera que fueron cuestiones accesorias, derivadas de interpretaciones discutibles de las normas procesales, pero sin relevancia disciplinaria.

Tampoco aprecia que se vulneraran los derechos del testigo ni que hubiera desconsideraciones expresas, pese al clima de tensión. El archivo se acordó por mayoría y habrá votos particulares.

Otra diligencia procedía de la queja de Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez e investigada en la misma causa, por la supuesta filtración a un medio del contenido de una providencia antes de que fuera dictada.

La investigación no ha encontrado indicios de que Peinado anticipara al medio su decisión o su contenido. El archivo se aprobó por mayoría y un vocal anunció un voto particular concurrente.

También se ha archivado la queja presentada por Más Madrid y por el diputado socialista Guillermo Hita por la prórroga fuera de plazo de una investigación sobre un presunto delito de malversación. Según el Promotor, el magistrado no fue informado del vencimiento hasta el día en que acordó la ampliación.

La Comisión Permanente tuvo en cuenta, además, que las acusaciones solicitaron la prórroga apenas dos semanas antes de que expirara el plazo.

Recordó que una ampliación tardía puede provocar la nulidad de las diligencias posteriores, pero no constituye automáticamente una infracción disciplinaria. La decisión se adoptó por mayoría y un vocal anunció un voto concurrente.

Por último, se archivó por unanimidad la denuncia de una investigada que reprochaba a Peinado no haberle permitido declarar por videoconferencia, tratar de forma desconsiderada a los abogados y acordar medidas cautelares que consideraba desproporcionadas.

El Promotor concluyó que decidir si una declaración debe celebrarse presencialmente o por videoconferencia, así como imponer medidas cautelares, forma parte de la función jurisdiccional.

Estas decisiones pueden recurrirse ante un tribunal superior, pero no corresponde revisarlas por la vía disciplinaria.

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