La Abogacía del Estado ha recordado que no se puede conocer qué votante ha obtenido la nacionalidad a través de la Ley de nietos. Foto: EP

El Gobierno pide al Supremo que no suspenda el acceso al voto vinculado a la ‘ley de nietos’

7 / 09 / 2026 13:53

Actualizado el 07 / 09 / 2026 13:57

La Abogacía del Estado ha pedido este lunes al Tribunal Supremo que rechace la suspensión cautelar solicitada por Vox e Iustitia Europa de las altas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) vinculadas a la denominada «ley de nietos».

El argumento central del Gobierno es que impedir esas inscripciones afectaría directamente al «derecho del sufragio activo, derecho fundamental reconocido en la Constitución», de personas que ya han adquirido legalmente la nacionalidad española.

«¿Cómo podría privarse de derechos judiciales a personas que han adquirido una nacionalidad por actos administrativos firmes?», ha planteado la abogada del Estado durante la vista pública celebrada por el alto tribunal.

El Supremo ha convocado esta vista para analizar la petición de medidas cautelares relacionada con los posibles efectos electorales de la disposición de la Ley de Memoria Democrática que permite acceder a la nacionalidad española a descendientes de exiliados.

La controversia llegó al Supremo después de que Iustitia Europa recurriera una resolución de la Junta Electoral Central (JEC) que había rechazado suspender cautelarmente el procedimiento de elaboración del CERA.

Ante ese recurso, el alto tribunal acordó abrir una pieza separada de medidas cautelares y reclamar a la Junta Electoral Central el correspondiente expediente administrativo.

Una consecuencia de la «Ley de Nietos»

La Abogacía del Estado ha defendido ante el Supremo que la incorporación al Censo Electoral de Residentes Ausentes no constituye un acto independiente de la adquisición de la nacionalidad española a través de la «ley de nietos», sino una consecuencia jurídica de esta.

La inscripción en el CERA es «simplemente una consecuencia ulterior de esta fecha de adquisición de nacionalidad», ha sostenido la representante del Gobierno.

Sobre esta base, la Abogacía del Estado ha acusado a Vox e Iustitia Europa de incurrir en una «desviación procesal».

A su juicio, si los recurrentes pretenden cuestionar la situación jurídica de estas personas, el recurso tendría que dirigirse «contra la adquisición de la nacionalidad, pero no contra sus consecuencias legales, como es la inscripción al CERA».

Por esta razón, la representación del Gobierno considera que el recurso debe ser declarado inadmisible.

El censo no distingue cómo se adquirió la nacionalidad

La Abogacía del Estado ha introducido además otro argumento: el censo electoral no diferencia a los ciudadanos españoles en función de la vía por la que obtuvieron la nacionalidad.

Según ha recordado ante el Supremo, la inscripción en el censo «no incluye el modo de adquisición de la nacionalidad», por lo que no se podría realizar una «diferenciación» con «aquellos españoles» que la hayan adquirido a través de la Ley de nietos.

La tesis de la Abogacía del Estado es, por tanto, que una vez adquirida la nacionalidad mediante actos administrativos firmes, las consecuencias jurídicas asociadas a esa condición —entre ellas, la inscripción electoral— no pueden quedar suspendidas a través del recurso planteado contra la actuación de la Junta Electoral Central.

El Gobierno también ha rechazado que se haya acreditado que el incremento del número de inscritos vaya a alterar efectivamente los resultados electorales.

La Abogacía del Estado ha recalcado que no se ha demostrado que el crecimiento del censo «vaya a producir una creación real de resultados de un grupo de procesos electorales».

A su juicio, la petición de medidas cautelares formulada por los recurrentes se apoya «exclusivamente en riesgos hipotéticos y eventuales».

Con estos argumentos, la Abogacía del Estado ha solicitado al Tribunal Supremo, en primer término, que declare inadmisible el recurso.

Subsidiariamente, para el caso de que el alto tribunal entre a analizar el fondo de la petición cautelar, ha reclamado que desestime las medidas solicitadas por Vox e Iustitia Europa y, por tanto, que no suspenda las altas en el CERA cuestionadas.

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