El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado el despido nulo de una trabajadora de Leroy Merlín, después de que la empresa decidiera hacerla «responsable» de un robo que se produjo en la tienda. Una decisión del tribunal con la que la mujer recupera el trabajo, así como que es indemnizada con 10.001 euros por vulneración de derechos fundamentales.
Un robo debido a una confusión llevaba a Teodora (nombre ficticio) a llevar ante los tribunales a su empresa de hace más de 20 años, Leroy Merlin.
Así, todo comenzaba el 25 de septiembre de 2025, cuando la empleada se encontraba prestando servicios en la línea de cajas para pago en metálico, contando con una jornada reducida por guarda legal desde 2011.
Puesto en el que se encontraba junto a María Antonieta, que ofrecía el mismo servicio a los clientes en la caja contigua.
«Mientras la demandante cobraba a unos clientes, un hombre de camisa blanca y una mujer se acercaron a la caja de su compañera, y el hombre se acercó a la demandante, comenzando a hablar con ella, con billetes en la mano», explica ahora la sentencia.
Una actitud ante la que la trabajadora cierra la caja registradora y, poco después, vuelve a abrirla para seguir cobrando a los clientes. Un momento que aprovechaba el hombre para «meter y sacar rápidamente la mano de la caja, pasarle algo a la mujer que tenía detrás, y desaparecer ambos poco después».
Situación vivida en la línea de cajas que provocaba que, esa noche, el cierre de cajas detectara un error que ascendía hasta los 550 euros.
Un caso ante el que la empresa, el 14 de octubre de 2025, comunica a la mujer que tiene dos días para explicar los hechos, algo ante lo que ella asegura «haber sido víctima de un engaño» de estos dos desconocidos, pero que «en ningún caso fue colaboradora».
Explicaciones que no fueron suficientes para la empresa que, el 17 de octubre, comunica a la trabajadora su despido disciplinario.
Leroy Merlín tendrá que readmitir a la trabajadora
Decisión extintiva que la mujer llevaba ante los tribunales.
En concreto, ante el Tribunal de Instancia de Vitoria, plaza nº2 que, en su sentencia de 14 de abril de 2026, reconocía las pretensiones de la trabajadora, considerando como nulo el despido de Leroy Merlín.
Y así, condenaba a la empresa a readmitir a la trabajadora en las mismas condiciones de puesto de trabajo que mantenía desde hacía más de 20 años. Y, del mismo modo, consideraba el tribunal que la empresa había vulnerado el derecho fundamental a la no discriminación de la demandante, condenando a la compañía a abonarle una indemnización de 10.001 euros por vulneración de derechos fundamentales.
Una decisión que la compañía llevaba, en recurso de suplicación, ante el TSJPV. En concreto, ante la sala de lo Social compuesta por los magistrados Florentino Eguaras Mendiri (presidente en funciones y ponente), Maite Alejandro Aranzamendi y Diego Orive Abad.
Magistrados que, en su sentencia 1439/2026, desestiman las pretensiones de Leroy Merlín.
Así, alegaba la empresa que la conducta de la trabajadora mostraba una «evidencia de omisión grave de los deberes de custodia y control inherentes al puesto, y pone en riesgo de manera notable los recursos económicos de la empresa, causando un perjuicio económico».
Una posición que no comparte el tribunal, que pone en relieve que en ningún momento, después del visionado de las cámaras de seguridad, se puede deducir «ningún elemento que no sea el engaño ajeno» sufrido por la trabajadora del desconocido.
Situación que lleva a la empresa a rechazar el recurso de Leroy Merlín, confirmando la sentencia de instancia, e imponiendo unas costas de 900 euros más IVA a la empresa.