El juez de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge ha ampliado la investigación abierta contra mandos militares de Israel por el abordaje de la Flotilla Global Sumud, ocurrido el 1 de octubre del pasado año cuando las embarcaciones se dirigían a Gaza con ayuda humanitaria.
La causa abarcará ahora los posibles delitos de torturas, daños y lesiones, además de otros que pudieran haberse cometido a bordo de las embarcaciones de bandera española.
Inicialmente, la investigación había quedado limitada a los posibles delitos de detención ilegal cometidos en barcos de pabellón español y se dirigía contra el comandante en jefe de las Fuerzas Armadas israelíes, Ramatcal Eyal Zamires, y el comandante de las Fuerzas Navales, Ram Rotberg.
La ampliación se produce después de que el magistrado haya estimado parcialmente el recurso de reforma interpuesto por la acusación popular ejercida por el Partido Comunista de España (PCE) e Izquierda Unida (IU), así como por las acusaciones ejercidas por otros querellantes.
El instructor ha decidido extender las pesquisas a los delitos de torturas, daños, lesiones u otros delitos que pudieran haberse cometido en el interior de las embarcaciones con bandera española.
Diligencias para identificar a los posibles responsables
De Jorge subraya que la jurisdicción española es plenamente competente para investigar los hechos ocurridos en buques con pabellón nacional, con independencia de la nacionalidad de las personas que pudieran haberse visto afectadas.
La decisión supone, por tanto, ampliar el objeto de una investigación que hasta ahora estaba circunscrita a las posibles detenciones ilegales producidas en estas embarcaciones.
Distinta es la situación respecto de los episodios denunciados que habrían tenido lugar a bordo de buques del Estado de Israel o en centros de detención de ese país.
En estos casos, el magistrado acuerda practicar las diligencias indispensables para identificar a los presuntos autores, aunque por el momento no asume la competencia sobre estos hechos ni dirige el procedimiento contra personas concretas por conductas cometidas fuera del territorio nacional.
El auto ordena librar las actuaciones oportunas para averiguar el paradero de los responsables e identificar si alguno de ellos se encuentra en España.
Esta circunstancia resulta necesaria para determinar la competencia de los tribunales españoles conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial.
No hubo piratería en el abordaje a la Flotilla
El auto rechaza, sin embargo, íntegramente las pretensiones de las acusaciones de investigar las actuaciones como un posible delito de piratería marítima.
El magistrado considera que no concurre uno de los elementos necesarios para aplicar esa calificación, al señalar que ni las tripulaciones ni las fuerzas militares implicadas actuaron con un propósito de beneficio personal o de lucro.
En relación con la actuación de los militares, el juez apunta que estos ejecutaban órdenes políticas del Estado israelí dirigidas a evitar interferencias en sus operaciones.
La investigación continuará así centrada en los posibles delitos cometidos en las embarcaciones de bandera española y en las diligencias destinadas a identificar a los responsables de los hechos denunciados fuera de ellas, mientras queda descartada la calificación jurídica de piratería marítima.