El borrador del presidente del Constitucional abre la puerta a amnistiar la malversación de Bassa

29 / 09 / 2026 05:42

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, ha puesto por escrito lo que buena parte de la doctrina venía señalando desde 2024: que el Tribunal Supremo sostiene, dentro de un mismo procedimiento, dos tesis que no pueden ser ciertas a la vez.

Así lo recoge el borrador de ponencia que él mismo ha redactado para resolver el recurso de amparo de la exconsellera de ERC Dolors Bassa, según han trasladado fuentes jurídicas a Europa Press.

La propuesta estima el amparo. Y avala que se le aplique la Ley de Amnistía también al delito de malversación.

Conviene precisar la fase procesal. Se trata de un borrador, no de una sentencia. El texto deberá ser deliberado y votado por el Pleno del Tribunal Constitucional, que puede aprobarlo en sus términos, modificarlo o rechazarlo.

Dos pronunciamientos «recíprocamente inconciliables»

El núcleo del razonamiento es de pura lógica jurídica, a juicio del ponente. El Supremo se ha pronunciado dos veces, y en sentido opuesto, sobre si las conductas enjuiciadas eran idóneas para lograr la secesión de Cataluña.

La primera vez, en la sentencia condenatoria, negó esa idoneidad. La segunda, ya en un incidente de ejecución, la afirmó.

Fue en los dos autos con los que la Sala de lo Penal se negó a amnistiar la malversación: para justificar que concurría una de las excepciones de la ley, vinculó el riesgo para los intereses financieros de la Unión Europea a la existencia de un riesgo real de ruptura territorial.

Esa doble lectura constituye, según el borrador, una contradicción «flagrante e insoluble» y una «quiebra de racionalidad inconciliable» con la garantía de que ningún ciudadano quede sometido a razonamientos manifiestamente contradictorios, irrazonables o carentes de lógica.

Tutela judicial efectiva

El texto de Conde-Pumpido aprecia vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 de la Constitución) y sostiene que en los hechos por los que Bassa fue condenada concurren los presupuestos que los sitúan dentro del ámbito de aplicación de la amnistía.

El segundo frente es el del enriquecimiento personal. El Supremo excluyó de la medida de gracia el uso de fondos públicos para el referéndum del 1 de octubre al entender que había supuesto un beneficio patrimonial para los condenados, en forma de ahorro.

El borrador critica esa interpretación. Para sostenerla, siempre según las fuentes citadas, el alto tribunal habría tenido que reducir a la irrelevancia el vínculo entre la conducta malversadora y el proceso independentista, y adoptar una línea argumental en la que resulta «absolutamente indiferente» si la medida sirve o no al fin último de la ley: el «apaciguamiento» del conflicto abierto tras el ‘procés’.

La conclusión del ponente es que las resoluciones del Supremo incurren «en una interpretación impredecible de los preceptos aplicables» y rompen la coherencia exigible «entre la decisión adoptada, la norma que le sirve de fundamento y los fines que justifican la institución de la amnistía».

Lo que está en juego

Bassa fue condenada en la sentencia del ‘procés’ de octubre de 2019 por sedición y malversación. La negativa del Supremo a amnistiar este último delito afectó también a otros dirigentes, entre ellos Oriol Junqueras, Raül Romeva y Jordi Turull, que mantienen abiertas sus propias vías ante el Constitucional.

Por eso el caso Bassa trasciende a la recurrente. Si el Pleno hace suyo el borrador, el criterio servirá de guía para el resto de amparos pendientes y abrirá un nuevo episodio de tensión entre el Constitucional y la Sala Segunda del Supremo, que ha defendido en todo momento que su interpretación se ajusta al tenor literal de la ley.

No consta, por ahora, fecha de deliberación ni la posición del resto de magistrados. Tampoco se ha conocido reacción oficial del Supremo al contenido del borrador.

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