El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama, instructor del caso Plus Ultra, ha rechazado el recurso presentado por José Luis Rodríguez Zapatero contra la designación de la joyería Yanes para elaborar un informe pericial sobre las piezas encontradas en el despacho del expresidente del Gobierno durante el registro practicado el pasado 19 de mayo.
En un auto, el magistrado desestima el recurso de reforma interpuesto por la defensa de Rodríguez Zapatero, que cuestionaba tanto la imparcialidad de la firma designada como perito como la falta de explicación, a su juicio, sobre las razones por las que el juzgado había decidido acudir a Yanes y no a los profesionales que ya habían realizado un primer análisis de las piezas.
La defensa sostenía que la joyería había realizado declaraciones a medios de comunicación relacionadas con las piezas, circunstancia que, a su entender, ponía en cuestión su imparcialidad.
Calama rechaza ambos argumentos y reivindica la capacidad del juez instructor para acordar una nueva prueba pericial y seleccionar al profesional o entidad que deba realizarla, siempre que no existan circunstancias objetivas capaces de poner en duda su competencia profesional o su neutralidad.
La elección del perito entra en las facultades del instructor
Uno de los ejes del auto se encuentra precisamente en los límites del control sobre la decisión del instructor a la hora de seleccionar un perito.
El magistrado sostiene que no puede exigirse al juzgado, como pretendía la defensa, que explique por qué descarta acudir nuevamente a los especialistas que emitieron los primeros informes.
«Una vez apreciada la utilidad potencial de una nueva pericia, la elección del profesional o entidad encargados de su realización se integra en el ámbito de discrecionalidad técnica y procesal que corresponde al órgano judicial, siempre que no concurran circunstancias objetivas que permitan poner en duda su capacidad profesional o imparcialidad», señala.
De esta forma, Calama distingue entre la necesidad de que una diligencia de investigación responda a una finalidad legítima y la pretensión de una de las partes de determinar quién debe realizarla.
El instructor considera que la decisión de solicitar una nueva pericial responde a la necesidad de ampliar y contrastar el material técnico ya incorporado a la causa.
Calama descarta una designación arbitraria
El juez también rechaza que la resolución mediante la que se acordó la nueva pericia carezca de motivación o pueda provocar indefensión.
Según expone en el auto, la decisión identifica suficientemente el objetivo investigador perseguido, se encuentra dentro de las competencias del juez instructor y responde a una finalidad legítima.
«En definitiva, la resolución impugnada exterioriza de manera suficiente la finalidad investigadora perseguida; se dicta dentro del ámbito competencial propio del instructor; responde a una finalidad legítima de ampliación y contraste del acervo técnico incorporado a la causa, y no se sustenta sobre una designación arbitraria ni generadora de indefensión», afirma.
Calama añade que la discrepancia de la defensa sobre la conveniencia de practicar la diligencia no permite sustituir el criterio del juez por el de una de las partes.
«La discrepancia de la recurrente con la conveniencia de la diligencia acordada no permite sustituir el criterio del órgano instructor por el de la parte, ni convierte en inmotivada una decisión que encuentra respaldo en las potestades de investigación que la ley atribuye al juez instructor», concluye sobre este punto.
La imparcialidad de Yanes ya había sido planteada
El segundo argumento de la defensa afectaba directamente a la imparcialidad de la joyería Yanes.
Rodríguez Zapatero había cuestionado su designación por las declaraciones que responsables de la firma habrían realizado ante los medios de comunicación.
Sin embargo, Calama recuerda que esa cuestión ya había sido examinada y resuelta en una resolución anterior en la que se rechazó la petición.
El magistrado entiende que no procede volver a resolver ahora sobre la misma cuestión y acuerda mantener lo dispuesto anteriormente, «so pena de provocar un dislate procesal».
No habrá reconocimiento simultáneo con un perito de Zapatero
El auto aborda, además, otra cuestión planteada por la defensa: su intención de nombrar un perito propio para que estuviera presente junto al experto designado por el juzgado durante el reconocimiento de las joyas y la elaboración del dictamen.
Calama tampoco acepta esta petición.
El magistrado explica que la actuación simultánea de peritos puede estar justificada cuando la prueba debe practicarse sobre fuentes perecederas o susceptibles de sufrir una alteración irreversible como consecuencia del propio análisis.
Esa situación, según el juez, no se produce con las piezas que deben ser examinadas.
Por ello, considera que no resulta necesaria la presencia de un perito de parte durante la realización del informe encargado por el juzgado.
La defensa conserva el derecho a una contrapericia
El rechazo a la presencia simultánea del especialista designado por Zapatero no impide, sin embargo, que la defensa pueda presentar posteriormente sus propios análisis.
El auto recalca que el expresidente del Gobierno mantiene intacta la posibilidad de solicitar durante la instrucción una nueva pericia, una ampliación del informe, una contrapericia o un dictamen alternativo elaborado por un profesional elegido libremente por su defensa.
El resultado podría incorporarse al procedimiento y ser confrontado con los restantes informes periciales.
Este razonamiento resulta relevante desde la perspectiva del derecho de defensa, puesto que Calama considera que no existe indefensión precisamente porque la parte conserva la posibilidad de cuestionar técnicamente el informe encargado por el juzgado.
«En definitiva, la inexistencia de riesgo de pérdida o alteración de la fuente de prueba excluye la necesidad de un reconocimiento conjunto como garantía indispensable del derecho de defensa, sin perjuicio de que la parte conserve plenamente las facultades procesales que la ley le reconoce para promover y aportar las pericias que estime convenientes para la adecuada defensa de sus intereses», concluye el magistrado.
Con esta resolución, Calama mantiene la designación de Yanes para realizar la nueva pericial sobre las piezas encontradas en el despacho de Rodríguez Zapatero, al tiempo que deja abierta a su defensa la posibilidad de combatir sus conclusiones mediante sus propios informes técnicos.