Para el juez Calama, las características de las joyas de Zapatero permiten apreciar su considerable valor sin conocimientos especializados. Foto: EP

Calama rechaza consultar a Arabia Saudí sobre las joyas de Zapatero porque su versión carece de corroboración objetiva

27 / 10 / 2026 14:09

Actualizado el 27 / 10 / 2026 14:10

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado la petición del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero de enviar una comisión rogatoria a Arabia Saudí para acreditar que las joyas intervenidas en su despacho el pasado 19 de mayo fueron un regalo personal del monarca saudí durante una visita oficial a España en junio de 2007.

El magistrado, que investiga el caso Plus Ultra, considera que la explicación ofrecida por el expresidente no cuenta con elementos objetivos que la respalden y que, por tanto, no está justificada la utilización de un mecanismo de cooperación judicial internacional para intentar confirmarla.

La resolución sigue el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, que se había opuesto a la diligencia solicitada por la defensa.

Calama aclara que su decisión no supone invertir la carga de la prueba ni exigir al investigado que demuestre su inocencia. Lo que cuestiona es que se pida una actuación judicial internacional sin que exista previamente algún elemento verificable que justifique su necesidad y utilidad.

En otras palabras, el juez entiende que la comisión rogatoria no se plantea para comprobar una hipótesis respaldada por indicios, sino para buscar por primera vez pruebas que sustenten la versión de Rodríguez Zapatero.

El juez cuestiona que Zapatero desconociera el valor de las joyas

La controversia gira en torno a tres juegos de joyería compuestos por rubíes, esmeraldas y zafiros que fueron intervenidos durante el registro del despacho del expresidente.

Rodríguez Zapatero sostiene que recibió las piezas del entonces rey de Arabia Saudí durante su visita oficial a España en junio de 2007, cuando ocupaba la Presidencia del Gobierno.

Según su explicación, se trató de una atención personal del soberano extranjero que aceptó por deferencia y que conservó en el ámbito privado junto con joyas familiares y otros regalos.

También asegura que nunca utilizó las piezas y que desconocía su valor económico.

El magistrado considera poco convincente esta última afirmación.

Aunque reconoce que está pendiente la valoración pericial definitiva, Calama entiende que las características de las joyas permiten apreciar su considerable valor incluso sin conocimientos especializados.

Por ello, cuestiona que el expresidente pudiera conservar durante años unas piezas de esas características sin ser consciente de su importancia patrimonial.

Otro aspecto que llama la atención del instructor es la ausencia de documentación.

Las joyas no se encontraban en sus estuches originales ni estaban acompañadas de certificados de autenticidad, justificantes de procedencia u otros elementos que permitieran identificarlas.

El juez precisa que esa circunstancia no permite establecer por sí sola cuál es su origen, pero considera que tampoco encaja fácilmente con la explicación de que fueron entregadas por un jefe de Estado durante una visita oficial.

El Código de Buen Gobierno aprobado por Zapatero en 2005

Uno de los argumentos centrales del auto tiene que ver con la normativa sobre regalos institucionales vigente durante la Presidencia de Rodríguez Zapatero.

Calama recuerda que el Consejo de Ministros aprobó el 18 de febrero de 2005 un Código de Buen Gobierno que establecía la incorporación al patrimonio público de los obsequios institucionales de especial significación.

La circunstancia resulta especialmente relevante porque aquella disposición fue aprobada cuando el propio investigado presidía el Ejecutivo. Por tanto, para el magistrado, Rodríguez Zapatero conocía el régimen aplicable a los regalos institucionales.

Además, señala que durante la visita del monarca saudí en junio de 2007 se entregaron otros obsequios cuya incorporación al patrimonio público sí quedó documentada.

Para el instructor, esta diferencia dificulta aceptar que las joyas investigadas recibieran un tratamiento estrictamente privado sin que exista documentación que explique esa excepción.

Zapatero no ha acreditado que enviara las cartas a la Corte Real saudí

La resolución también examina los intentos del expresidente de obtener una confirmación oficial sobre la procedencia de las piezas.

Rodríguez Zapatero asegura que remitió dos comunicaciones, a través de la Embajada de Arabia Saudí en Madrid, a la Jefatura de Protocolo de la Corte Real saudí.

El objetivo era obtener un documento que confirmara que las joyas habían sido entregadas por el monarca durante su visita a España.

No obstante, el juez señala que no se ha aportado ninguna acreditación de que esas comunicaciones fueran efectivamente presentadas o remitidas.

Aun dejando al margen esta circunstancia, considera que la versión del investigado sigue careciendo de corroboración externa.

Calama introduce otro argumento: recuerda que Rodríguez Zapatero no tiene limitada su libertad de movimientos y puede desplazarse personalmente a Arabia Saudí para realizar las gestiones que considere oportunas.

También apunta que, atendiendo a las relaciones personales e institucionales que el propio expresidente afirma haber mantenido con la Corte Real saudí, cabría esperar que dispusiera de cierta facilidad de interlocución con sus responsables.

Por todo ello, el magistrado entiende que no procede activar el mecanismo de cooperación jurídica internacional solicitado.

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