Zanetty y Garriga recurren su sentencia ante el Tribunal Supremo

Zanetty y Garriga recurren su sentencia ante el Tribunal Supremo

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29/12/2014 00:00
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Actualizado: 28/5/2018 16:34
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Los abogados de José Luis Zanetty y de Francisco Garriga recurrirán de inmediato en casación, ante el Tribunal Supremo, la sentencia de la Audiencia Nacional que condena a sus clientes a 2 y 4 años de prisión por los delitos de información privilegiada y blanqueo de capitales.

De esta forma la «patata caliente» de este caso pasará a la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Y es una «patata caliente» porque no existe jurisprudencia en el Alto Tribunal en la que estos dos tipos penales -información privilegiada y blanqueo de capitales- concurran. El fallo de la mencionada Sala podría convertirse, así, en un «leading case», un caso que establece nueva jurisprudencia. 

De acuerdo con las defensas Zanetty y de Garriga, que llevan Adolfo Prego -magistrado en excedencia del Tribunal Supremo- e Ignacio Peláez -ex fiscal de la Audiencia Nacional-  «el tribunal no ha apreciado información que consideramos fundamental para este caso, que comprende ambos delitos, uso de información confidencial y blanqueo de capitales».

La sentencia de la Sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) considera probado que Zanetty se entrevistó el 19 de julio de 2006 con el presidente del grupo San José para analizar la financiación por parte de esta compañía de la compra de Parquesol.

Según la resolución judicial, ese mismo día, «durante la mañana y las primeras horas de la tarde Zanetty realizó llamadas telefónicas y mandó mensajes a su amigo Francisco Garriga, a quien también le unían intereses económicos».

«Garriga utilizó inmediatamente el capital que tenía a su disposición en España y Andorra para adquirir ese mismo día cuantas acciones pudo de Parquesol cuando la cotización era inferior a los 20 euros, para venderlas al mes siguiente por un precio superior a los 22 euros por acción», detalla la sentencia. 

De acuerdo con los abogados, «el tribunal no ha tenido en cuenta una prueba que aportamos en el juicio -y que no se menciona en la sentencia- que demostraba que, cuatro días antes de hacer uso del dinero para comprar esas acciones, varios confidenciales económicos recomendaban a sus lectores que se compraran acciones de Parquesol. La información, por lo tanto, ya estaba en la calle».  

El Grupo San José lanzó a finales de julio de 2006 una oferta pública de adquisición (OPA) de acciones de carácter amistoso por Parquesol a un precio de 23,1 euros por acción.

Según la Audiencia, las compras de acciones por parte de Garriga se realizaron a través de varias sociedades de su titularidad, en varias operaciones en las que obtuvo unas ganancias de casi 1,6 millones de euros.

Así, la sentencia impone a Zanetty una pena de dos años de cárcel y una multa de 1,5 millones de euros por uso de información confidencial y otros dos años de prisión y una multa de 645.682 euros por el delito de blanqueo.

En el caso de Francisco Garriga Miró, los magistrados le condenan a dos años de cárcel y le imponen una multa de 645.682 euros por delito de blanqueo.

Los abogados defensores argumentan que «para que se produzca un delito de blanqueo de capitales es preciso establecer que el dinero procede de un delito anterior, cosa que, a nuestro entender, tampoco consideramos que haya sido probado». 

La pelota queda ahora en el tejado del Tribunal Supremo.

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