Embargar la vivienda: Justicia para la víctima, pero con consecuencias para los hijos del condenado
Los embargos y fianzas están previstos en el artículo 589 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal incluso antes de la sentencia para asegurar dichas responsabilidades.

Embargar la vivienda: Justicia para la víctima, pero con consecuencias para los hijos del condenado

|
08/5/2024 06:30
|
Actualizado: 09/5/2024 10:33
|

Cuando una persona es condenada en un procedimiento penal por cualquier delito y en la sentencia se ha fijado una cantidad en concepto de responsabilidad civil para indemnizar a la víctima, el condenado responderá con sus bienes para afrontar dichos pagos. Ello con la excepción de que se le declare insolvente.

El Código Penal establece que toda persona criminalmente responsable de un delito lo es también civilmente si del hecho se derivan daños o perjuicios. Si el condenado no paga voluntariamente, podrá decretarse el embargo de sus bienes.

Los embargos y fianzas están previstos en el artículo 589 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal incluso antes de la sentencia para asegurar dichas responsabilidades.

No obstante, hay bienes que la Ley de Enjuiciamiento Civil considera inembargables. Por ejemplo, los salarios, los sueldos, las pensiones o retribuciones que no excedan el salario mínimo interprofesional.

Según explica el abogado experto en derecho penal económico, Damián Vázquez, embargar la casa de un condenado penal es posible para asegurar la responsabilidad civil, así como sacarla a subasta.

Damián Vázquez, abogado experto en derecho penal económico y sanitario.

«A veces nos encontramos con cónyuges e hijos del condenado que están en situación de vulnerabilidad y que residen en esa vivienda».

Por ello, el letrado considera conveniente optar por el régimen de separación de bienes matrimonial y que la vivienda sea adquirida al 50%. Ya que de esa forma, se dificulta la ejecución y se protege al cónyuge e hijos, los cuales no han tenido participación en el delito.

Y es que, para el letrado, del despacho Vázquez Abogados, en este tipo de casos nos encontramos ante una balanza difícil de decidir entre los derechos de la víctima de un delito y los derechos de la familia del condenado. «No obstante, los jueces aplican los criterios de proporcionalidad e intentan embargar otros bienes como cuentas corrientes o salarios, antes de ejecutar una vivienda».

«Se decomisa demasiado»

Por su parte, para Adolfo Prego, abogado y exmagistrado del Tribual Supremo, recuerda el caso de un hombre que había sido condenado al que le iban a embargar la casa. Sintió mucha pena cuando éste le contó que tenía cuatro hijos menores de edad y que se iban a quedar en la calle. Porque, aunque él iba a entrar en prisión, todos los días tendría un plato de comida sobre la mesa y las necesidades básicas cubiertas. 

Incluso cuenta que, a veces, no tienen ni para pagar a los abogados. «Llega un momento en que no tienen de dónde sacar dinero para pagar un letrado».

Adolfo Prego, exmagistrado del Tribunal Supremo y abogado. Foto: Confilegal

“Te incautan hasta los regalos de la primera comunión”. Muchas veces los jueces se olvidan de que tienen familia. Se seca el patrimonio de los acusados.

“La justicia penal en estos momentos es perversa, quieren venganza porque es una sociedad cabreada e irritada. Es una sociedad moralmente violenta, no es una sociedad pacificada en la que se contemple con tranquilidad la justicia imparcialmente administrada, quiere caña. Quiere prisiones provisionales ya, detenciones ya, quiere los decomisos ya y dejar a un señor literalmente en la calle”. 

Noticias Relacionadas:
Lo último en Profesionales