Un Juzgado de lo Social de Sevilla fija un juicio para dentro de cuatro años, en febrero de 2020

Un Juzgado de lo Social de Sevilla fija un juicio para dentro de cuatro años, en febrero de 2020

25 / 04 / 2016 05:55

Actualizado el 16 / 03 / 2021 12:31

El Juzgado de lo Social número 3 de Sevilla ha fijado para el día 21 de febrero del año 2020, es decir, a casi cuatro años vista, un juicio para analizar la reclamación de una trabajadora de un establecimiento hotelero de capital hispalense.

En el juicio, el Juzgado analizará la demanda de determinación de contingencia de la Seguridad Social interpuesta por esta trabajadora, que tuvo que darse de baja por un problema en una muñeca por el que tuvo que ser operada en un centro hospitalario.

En su demanda, la afectada solicita al Juzgado que dicte sentencia por la que reconozca el carácter profesional de la baja profesional sufrida y el consecuente derecho a percibir la prestación por incapacidad temporal por contingencias profesionales de conformidad con su base de cotización.

Cabe recordar que, en su memoria correspondiente al año 2014 –la última presentada–, el juez decano de Sevilla, Francisco Guerrero, solicitó seis nuevos juzgados de lo Social, jurisdicción donde «son precisas medidas urgentes de refuerzo dados los derechos que se postulan», pues algunos de estos juzgados estaban señalando en ese momento para principios del año 2019.

De su lado, el Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, ya dictó una resolución en la que solicitaba la creación de «al menos» dos nuevos juzgados de lo Social en la capital hispalense a fin de paliar el «colapso» que sufren estos órganos judiciales.

En esta resolución, el Defensor del Pueblo sugería a la Consejería de Justicia e Interior que, «conforme a los criterios acordados por el TSJA en el seno de la Comisión Mixta de Cooperación y Coordinación, y oído el CGPJ, se promuevan todas las iniciativas de impulso y convicción ante el Gobierno de la nación para la creación de, al menos, dos nuevos juzgados de lo Social en Sevilla».

De igual modo, Maeztu recomienda que se lleve a efecto una evaluación de las necesidades de las plantillas y dotaciones de personal, «destinando los puestos de trabajo acordes con las cargas y funciones asumidas por los juzgados de lo Social, mediante la adecuada distribución de los mismos».

A su juicio, «ni la planta judicial es idónea, ni su organización garantiza la efectividad de la protección judicial de los derechos de los justiciables», añadiendo que, «a la vista de la situación analizada, cualquier referencia a los estándares de calidad de servicios, plazos procesales o derechos reconocidos en la Carta de Servicios del Consejo General del Poder Judicial, quedan degradados a una vaga referencia perfectamente opuesta a las capacidades de respuesta que pueden ofrecer los juzgados de lo Social en Sevilla».

Maeztu considera, al hilo de ello, que «la organización y planta de los juzgados de lo Social de Sevilla amenaza con no poder garantizar el derecho constitucional a merecer una tutela judicial efectiva y a un proceso con las debidas garantías y sin dilaciones».

«GRAVE SITUACIÓN DE DILACIONES»

Añade que los hechos relatados en sus quejas por muchas personas y profesionales sobre el funcionamiento de los juzgados de lo Social «han adquirido la categoría de ejemplos veraces y ajustados que acreditan una grave situación de dilaciones e inadecuado funcionamiento de estos órganos», señalando que «nuestras investigaciones han ratificado unos señalamientos que se alargan en el tiempo con plazos que sobrepasan los tres años para citar a juicio».

Y es que «todas las informaciones que hemos requerido para comprobar el alcance de estas quejas ratifican la gravedad de la situación», pues los titulares de varios de estos juzgados «ratifican la situación de un número de asuntos que sobrepasa con creces» los módulos de carga de trabajo asumibles y «dibujan un resultado desolador a pesar del extremo esfuerzo que se vuelca debido a una sobrecarga inasumible de asuntos».

De su lado, la propia Consejería califica la situación de «alta pendencia y elevada carga de trabajo», mientras que el TSJA «repite en sus sucesivas memorias anuales la necesidad de prestar atención especial a la jurisdicción social muy sobrecargada por los efectos de la crisis económica». (EP)

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