Los juristas debaten sobre la validez de la prueba electrónica y lo sintetizan en un libro electrónico gratuito
Un debate sobre la prueba digital ha derivado en un interesante libro electrónico, "La prueba ele crónica. Validez y eficacia procesal", que se puede descargar desde este artículo.

Los juristas debaten sobre la validez de la prueba electrónica y lo sintetizan en un libro electrónico gratuito

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28/9/2016 06:56
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Actualizado: 07/10/2020 11:47
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El colectivo de expertos agrupados en el portal Juristas con Futuro ha puesto en marcha, tras un debate sobre la muerte digital, otro sobre el valor de la prueba electrónica en el que se han recibido diferentes testimonios que han configurado un interesante ‘eBook’ (libro electrónico) sobre esta materia titulado “La prueba electrónica. Validez y eficacia procesal”, que, además, es gratuito.

Para Ricardo Oliva, abogado e impulsor de este grupo de trabajo, “hemos creado una especie de ‘ciberpalestra’ donde abogados, ‘ciberabogados’, jueces, magistrados, fiscales, notarios, profesores de Derecho, investigadores jurídicos, peritos y policías junto con emprendedores tecnológicos, científicos, ingenieros, economistas, matemáticos, informáticos y profesionales del marketing digital intercambian reflexiones en torno a un reto legal planteado relacionado con el mundo del legal tech (tecnología legal)”.

En opinión de Sonsoles Valero, otro de los abogados impulsores de esta iniciativa, nuestro trabajo va más de la mera recopilación de contribuciones, puesto que nos encargamos de seleccionar el tema objeto de debate, de la organización de los artículos y la maquetación de todo el libro, además de buscar al prologuista, incorporar un listado de palabras claves, elaborar una infografía resumen del libro, así como la gestión de la asignación del código ISBN y su difusión por bibliotecas virtuales especializadas. “

Este ‘eBook’ constituye el segundo libro de la colección Desafíos Legales.

El primero de sus ‘eBooks’ trató sobre la regulación legal de la muerte digital y las oportunidades que ofrece al emprendedor el sector funerario digital, con gran acogida en el sector y ha sido descargado no solo desde España sino también desde varios países de Latinoamérica.

Sonsoles y

Sonsoles Valero y Ricardo Oliva, abogados ambos e impulsores del libro electrónico «La prueba electrónica. Validez y eficacia procesa», que se puede descargar gratuitamente desde este artículo.

LA PRUEBA EN EL ÁMBITO LABORAL 

La obra recoge colaboraciones de diferentes expertos en la materia. Es el caso de Raúl Rojas, abogado experto en área laboral y socio de ECIJA. Desde su punto de vista, la llegada de las tecnologías ha generado un auténtico cambio de paradigma en la llamada “Era Digital”.

Esa transformación digital ha generado nuevos procedimientos que disponen las partes para acreditar determinados hechos en un concreto proceso judicial, en especial cuando esta acreditación proviene de una información digital alojada en un ordenador, un dispositivo móvil o una determinada aplicación informática».

Rojas ha escrito sobre “La prueba digital en el ámbito laboral, ¿son válidos los pantallazos?.

En esa obra el autor eligió centrar el estudio sobre la validez probatoria de los pantallazos, algo cotidiano en el día a día, y que consisten en las capturas que podamos realizar directamente de la pantalla de nuestro ordenador o de nuestros dispositivos móviles, “haciendo especial hincapié en los ya archiconocidos mensajes de ‘WhatsApp’, y sí estos pantallazos pueden servir para acreditar determinados hechos en el ámbito de la jurisdicción social”.

En su opinión, este tema deja claro que existe “actual ausencia de un criterio judicial unánime a la hora de enjuiciar, no sólo la validez de este tipo de pruebas, utilizadas diariamente en nuestras salas de justicia, sino incluso de tomarlas en consideración como documentos propiamente dichos, como ocurre en el caso analizado por una de las sentencias que cito en el artículo”.

En el citado artículo, tratando de arrojar algo de luz sobre esta problemática, en este trabajo “analizo algunos de los pronunciamientos judiciales más recientes sobre la eficacia probatoria de los pantallazos y cuáles han sido y son los criterios que actualmente se entienden aceptados por los jueces y tribunales para la aportación y validez de estas pruebas”.

Existe una ausencia de un criterio judicial unánime a la hora de enjuiciar, no sólo la validez de este tipo de pruebas, sino incluso de tomarlas en consideración como documentos propiamente dichos

LA PRUEBA ELECTRÓNICA Y EL COMERCIO

Pedro Canut es abogado y creador de Coloriuris, asesoría legalcreada para la protección de derechos de autor y gestión de creaciones.

En mi artículo traté de exponer la novedad que supone el Reglamento U.E. 910/2014, de 23 de julio, de identificación electrónica y servicios de confianza (Reglamento eIDAS), de aplicación en los 28 Estados Miembros de la U.E. a partir del 1 de julio de 2016, y la figura del ‘prestador de servicios de confianza’ en un lenguaje lo más asequible posible a un lector lego en Derecho tecnológico”.

Pedro Canut

Pedro Canut es el creador de Coloriuris, una asesoría legal que protege los derechos de autor y la gestión de creaciones.

Después de muchos años “arrastrando” la toga por los tribunales de justicia, y de ver disquetes de 3 ½ literalmente grapados a los autos, “me pareció que el enfoque transversal y, por qué no decirlo, ‘multitaskeholderiano’ que proponían desde Juristas con Futuro podía resultar útil para muchos juristas (profesionales y funcionarios) a la hora de considerar la prueba desde la óptica estrictamente digital; la realidad ha evolucionado y las relaciones, los acuerdos comerciales y los delitos ya no están sólo en el mundo analógico”.

A su juicio, “lo digital ha impregnado nuestras vidas y creo que es necesario que quienes están llamados a resolver los conflictos que ocurren en la red conozcan las herramientas jurídicas que el Ordenamiento pone a su disposición”.

PRUEBA DIGITAL OBTENIDA DE OTRO MEDIO DE PRUEBA ILÍTICA 

Otro de las interesantes reflexiones de esta publicación es del propio Ricardo Oliva al intentar responder esta pregunta: ¿qué eficacia probatoria tiene un medio de prueba digital obtenido a partir de otro medio de prueba que es ilícito?

Para entender el problema de fondo formuló dos ejemplos, uno sobre el uso ilícito de unos mensajes de SMS logrados del móvil de una mujer que cometió adulterio y otro respecto al despido de un trabajador que revela secretos de la empresa.

“En ese caso el empresario accede a su correo. Si consideramos que la intervención del ordenador del trabajador por parte del empresario constituye un caso de intromisión ilegítima a su derecho fundamental a la intimidad, ¿el trabajador tendría que ser readmitido por considerarse nulo el despido?», plantea.

La conclusión que extrae este experto letrado es que “el fin no justifica los medios en materia probatoria. Por tanto, ni el árbol envenenado ni su fruto deberían ser utilizados en juicio ni justificar resoluciones judiciales condenatorias».

Y advierte quetodo resultado probatorio generado a partir de un medio de prueba ilícito –ya sea porque vulnera derechos y libertades fundamentales, o ya sea porque implica una actividad prohibida por la ley- adolece de nulidad insalvable y afecta a todos aquellos medios de prueba relacionados y derivados a partir de dicho medio de prueba”.

LA PRUEBA ELECTRÓNICA Y SU CADENA DE CUSTODIA

Carlos Aldama es perito ingeniero superior en informática revela la importancia de este libro electrónico colaborativo en el que han participado diferentes expertos.

“Creo que el resultado ha sido óptimo. Tenemos importantes juristas, notarios, expertos peritos y en definitiva todo un equipo que día a día estamos “pegándonos” con la Prueba Electrónica. Todos intentamos luchar por ofrecer ese conocimiento que cada vez está más entre nosotros y que no se comprende cómo se debiera”, explica Aldama.

En su escrito se habla de la cadena de custodia y de la función del perito, «de la necesidad de nuestro trabajo, pero de nuestro trabajo bien hecho, informando de la necesidad de realizar un correcto ‘acotamiento de escena’, un análisis sin vulnerar la privacidad de los usuarios y sobretodo presentando las pruebas íntegras y ofreciendo la oportunidad de réplica a la otra parte siempre con garantías de trabajo bien realizado y que no pueda ser tachado por manipulaciones”.

Para Aldama, “el trabajo del perito no acaba en un correcto informe, sino en un informe veraz, entendible y que posteriormente se sepa explicar en Sala de una manera clara, sino nuestro trabajo no habrá servido de nada. Es por ello que la formación y concienciación de cara a cualquier persona que presente prueba electrónica es realmente necesaria, en ello va la diferencia entre poder ganar o no un pleito con este tipo de pruebas”.

LA PRUEBA ELECTRÓNICA Y SUS RIESGOS DE MANIPULACIÓN

Oscar Domínguez, desarrollador «web» y experto en marketing ha abordado el complejo tema de la autenticidad de la prueba digital en su artículo en este libro electrónico.

«En informática, todo puede ser manipulado: un fichero, un dispositivo, una placa de hardware…cualquier elemento. Todos conocemos casos de manipulaciones o pirateos de software o hardware original: sistemas operativos, aplicaciones de ofimática, de diseño o de gestión, videoconsolas, smartphones, tablets… Todo es manipulable», revela.

Para este experto, “cuando resulta necesario dar validez legal a estos elementos electrónicos en un proceso judicial, es necesario certificar la autenticidad y originalidad de cada elemento. Es decir, demostrar que no ha sufrido alteración ni manipulación alguna desde su creación o fabricación original. Y, esto, es más complicado de lo que lo que parece”.

Nuestro interlocutor recuerda que “ya sabemos que en la actualidad los mensajes en ‘whatsapp’ y los correos electrónicos son utilizados por los letrados como medios de prueba en los procesos judiciales de modo constante. Por esa razón, la publicación de la obra colectiva ‘La Prueba Electrónica. Validez y Eficacia Procesal’ es acertada y oportuna”.

Cuando resulta necesario dar validez legal a estos elementos electrónicos en un proceso judicial, es necesario certificar la autenticidad y originalidad de cada elemento

LA PRUEBA DIGITAL Y LOS NOTARIOS

José Carmelo Llopis, notario de Ayora (Valencia), por su parte  revela que “tras el éxito del primer reto sobre testamento digital (#RetoJCF en Twitter), desde Juristas con Futuro se planteó un segundo relativo a las denominadas pruebas digitales”.

Hay que advertir que este es un tema, como la mayoría de cosas en el ámbito jurídico,” afecta al trabajo diario de los Notarios, tanto en cuanto a su labor extrajudicial, como a la vez en la creación de documentos cuyas presunciones derivadas de la fe pública tienen un tratamiento legal y judicial cualificado”.

José Carmelo Llopis

José Carmelo Llopis es notario y uno de los contribuyentes al libro electrónico objeto de este artículo.

Llopis destaca que “en el plano de las pruebas digitales no ocurre de manera distinta, y mi participación en el ‘eBook’ se centra en aportar algo de claridad a qué hacemos, cómo y con qué valor los Notarios, que en esta materia tenemos mucho que aportar, ya que conocemos el Derecho y a la vez tenemos una infraestructura tecnológica corporativa muy avanzada”.

Afirma que “esa prueba técnica electrónica no es exclusiva de los Notarios, pero tampoco lo es de ningún otro operador jurídico, pudiendo coexistir actas notariales con informes periciales, con simples sellados de tiempo o con registros más o menos eficaces en la block chain (cadena de bloque)».

Para este profesional de la notaría, “cada instrumento, empresa o prueba tendrá unas ventajas y unos inconvenientes, correspondiendo al usuario informado tomar la decisión de usar una u otra (o varias de ellas, conjuntamente), según necesite o según le aconseje un profesional legal”.

“La Prueba Electrónica. Validez y eficacia procesal” (descargable libremente desde http://www.juristasconfuturo.com/ebook-prueba-electronica/) es una obra en la que diferentes operadores jurídicos contribuyen ofreciendo su punto de vista sobre esta realidad cada vez más incuestionable.

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