Un juzgado de Majadahonda paraliza el desahucio de una vivienda pública vendida a un fondo buitre
Fachada de los juzgados del partido judicial de Majadahonda.

Un juzgado de Majadahonda paraliza el desahucio de una vivienda pública vendida a un fondo buitre

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13/1/2018 06:10
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Actualizado: 12/1/2018 21:40
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La titular del Juzgado número 2 de Primera Instancia e Instrucción de Majadahonda ha dado la razón en su sentencia a las letradas Beatriz Duro, abogada de Duroa y Alejandra Jacinto, abogada de Caes Coperativa, y ha paralizado el desahucio de una vivienda pública vendida a un fondo buitre.

Las letradas alegaban en su argumentos que el contrato de alquiler debía prorrogarse manteniendo condiciones del arrendamiento, independientemente de la condición de vivienda libre que tenía la vivienda.

Y así lo lo ha interpretado también el Juzgado que concluye que se debe aplicarse la Ley de Arrendamientos Urbanos, debiendo prorrogarse el contrato de alquiler anualmente hasta un máximo de tres años.

De esta forma Hispania Activos Financieros Socimi S.A, fondo de inversión que adquirió el parque de vivienda pública propiedad de PAMMASA (Patrimonio Municipal de Majadahonda) no podrá desahuciar a una vecina de Majadahonda que fue adjudicataria de una vivienda social.

Esta pionera sentencia antepone los derechos de los inquilinos de Majadahonda frente al afán especulativo de un fondo buitre. Además, amplía las posibilidades de defensa de miles de familias que se encuentran en una situación similar.

Casos como el que describimos en esta información son ya habituales en la Comunidad de Madrid.  De hecho ayuntamientos como el de Madrid y otros de su entorno vendieron parte de la vivienda pública a entidades privadas. En Madrid hay unas 3000 viviendas del IVIMA que han sido vendidas a fondos como Goldman Sachs. Con esta sentencia se abre un hilo de esperanza para muchas familias afectadas.

La venta de estas viviendas sociales a “Fondos Buitre”, cuyo único afán es la especulación inmobiliaria, ha supuesto prácticamente un regalo para los inversores y un grave perjuicio económico para todos los madrileños, en especial para los adjudicatarios de viviendas públicas. Sin embargo, además de las nefastas consecuencias económicas del expolio de la vivienda pública que se encuentra recurrido en los Tribunales.

Venta de vivienda pública a fondos buitres

Beatriz Duró, dispone de despacho propio y es una de las abogadas de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) en Madrid. Junto a Alejandra Jacinto ha llevado este asunto “Este es un procedimiento que inicia el fondo buitre, Hispania Activos Financieros al recibir una cantidad importante de vivienda pública del Ayuntamiento de Majadahonda, gestionada por Pammasa”.

Para estas abogadas que han llevado este caso y defienden otros muchos “en los años de Gobierno del PP en Madrid se ha vendido mucha vivienda a fondos privados, lo que hace que ahora arrastremos las consecuencias actuales”. A su juicio, las medidas tomadas por el Gobierno de Cristina Cifuentes no son suficientes para frenar esta práctica en el futuro. “ Tampoco se ha garantizado a las familias desahuciadas una alternativa habitacional”.

En ese momento el citado fondo buitre manda un burofax a todos los vecinos de esa promoción de vivienda pública, hablamos de bloques de treinta familias “señalando que rescinde el contrato de alquiler al ser los nuevos propietarios del inmueble”. Pese a ello Duró nos explica que las familias siguen pagando el alquiler, sobre 400 euros mensuales, “pero los recibos devuelve el fondo buitre”.

Es en ese momento cuando la entidad financiera presenta la demanda de desahucio por falta de pago “tras el último burofax de agosto del 2017, al mes siguiente presentan la demanda. En nuestro caso nos personamos para evitar el desahucio y prorrogar el citado contrato de alquiler. Que se respeten dichos contratos de alquiler y en todo caso debe ser el Ayuntamiento quien garantice la alternativa habitacional”.

En el caso del Ayuntamiento majariego “no presentaba ninguna alternativa a la situación que se planteaba. Señalaba que no había vivienda pública para atender estas peticiones, entre otras cosas porque se ha vendido a fondos buitres de este tipo”, asegura Duró. En este colectivo afectado hay dos menores de edad, uno que había nacido a la semana antes de la vista “las administraciones deben ser responsables de su futuro y de garantizar ese derecho a la vivienda”.

Sobre la sentencia, que abre una esperanza para que muchas familias no sean desahuciadas en estas condiciones se indica que “dentro de las viviendas públicas, las hay de promoción pública y privada. La sentencia del Tribunal Supremo de mayo del 2017 habla de la prórroga forzosa del arrendamiento en casos de vivienda de promoción pública”.

Sin embargo, en este caso del que hablamos “no era aplicable porque se trataba de promoción privada, la vivienda era libre y hasta ahora no había sentencias que pudiéramos agarrarnos para defender estos derechos de las familias perjudicadas».

El Ayuntamiento debe disponer de alternativas habitacionales

Respecto a si la otra parte recurrirá la sentencia “creemos que lo hará, hay que darse cuenta que la via que abre la sentencia puede beneficiar a muchos vecinos que se encuentren en una situación parecida. Habrá que ver lo que dice la Audiencia Provincial al respecto. Pero vamos ahora se puede abrir una espera de un año donde el Ayuntamiento de Majadahonda puede realojar a esas familias”, señala nuestra experta.

La esperanza es que en caso de llegar a la Audiencia Provincial se fije doctrina y se gane el caso, como otros tantos ya han ganado los ciudadanos a entidades financieras en otras situaciones hipotecarias “En este intervalo de tiempo hasta que la Audiencia se pronuncie las personas siguen en la vivienda y pagando su alquiler, cuestión que les hemos recomendado”.

Al mismo tiempo destaca que esta venta  supone la desprotección de las familias por parte de las Administraciones Públicas que debieran tener la responsabilidad de garantizar alternativa habitacional a estas familias.

Y estas letradas citan  el Dictamen del Comité  de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU (DESC)  de fecha 20 de junio de 2017, que prohíbe los desalojos forzosos sin alternativa habitacional y condena a España por vulneración del derecho a la vivienda .

También destacan  la reciente Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, de fecha 23 de noviembre de 2017, que señala que en el caso de que en la vivienda residan menores, la resolución que ordene su desalojo debe ponderar «la situación personal, social y familiar particular de los menores de edad que pueden verse afectados por la ejecución de la orden de desalojo».

En este contexto, consideran estas letradas que se hace necesario que los jueces realicen un análisis de proporcionalidad sobre la situación personal y familiar antes de ordenar el desalojo.

Sentencia desahucio y fondo buitre

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