Una juez ordena el depósito definitivo del Códice de la Corona de Aragón en el Archivo Histórico de Huesca
Por ser parte del tesoro artístico del Real Monasterio de Sijena y por lo tanto un bien con el que no se puede comerciar ni estar en manos de un particular.

Una juez ordena el depósito definitivo del Códice de la Corona de Aragón en el Archivo Histórico de Huesca

Desestima la devolución a un particular que lo ofrecía en venta
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28/4/2020 16:53
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Actualizado: 28/4/2020 16:56
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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Huesca ha ordenado que el Códice de Doña Blanca de Aragón quede en situación de depósito definitivo en el Archivo Histórico Provincial de Huesca.

El manuscrito, que data del siglo XIV, fue expoliado durante la Guerra Civil del Monasterio de Sijena.

La magistrada-juez titular del juzgado, Cristina Salueña Baquedano, entiende que la pieza no puede ser devuelta a la editorial pamplonesa, Editorial Mintzoa, que ofrecía su venta al Gobierno de Aragón por ser parte del tesoro artístico del Real Monasterio de Sijena y por lo tanto un bien con el que no se puede comerciar ni estar en manos de un particular.

Contra este auto, fechado a 21 de abril, cabe recurso de reforma y/o recurso de apelación.

Según el abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Fernando Español, en febrero de 2019 esa editorial de Pamplona ofreció en venta el códice por 40.000 euros al Gobierno de Aragón, dejándolo depositado temporalmente en el Archivo Histórico Provincial de Huesca.

El director del Archivo, Juan José Generelo, al pasar el plazo y observar que el Ejecutivo no tomaba «decisión alguna», redactó junto al doctor en historia Juan José Nieto la correspondiente denuncia que fue presentada ante la Brigada de Patrimonio Histórico de la Policía Nacional en Zaragoza.

Por este motivo, el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena puso en marcha una investigación dirigida por el inspector Fernando Sánchez, por la que se intervino el manuscrito decretando su depósito provisional en el Archivo Histórico hasta que terminase la investigación penal y se archivó el asunto al considerar que no había responsabilidades penales.

El abogado pidió al Juzgado que no se devolviese el códice al particular que lo ofrecía en venta y quedase en manos del Gobierno de Aragón y del Ayuntamiento en concepto de depósito definitivo en el Archivo Histórico Provincial de Huesca.

Entonces se personó el Gobierno de Aragón, que solicitó la misma medida.

También lo hizo la Fiscalía de Huesca, que entiende que estaba plenamente justificado que el códice no se devolviese al particular que lo tenía, al ser parte indivisible del tesoro artístico del Real Monasterio de Sijena.

La magistrada recuerda que en el auto que el artículo 635 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) establece que las «piezas de convicción cuyo dueño fuere conocido continuarán retenidas si un tercero lo solicitare, hasta que se resuelva la acción civil que se propusiere entablar».

En este caso, si el tribunal accediere a la retención, fijará el plazo dentro del cual habrá de acreditarse que la acción se ha entablado.

Transcurrido el plazo que se fije según lo dispuesto en el párrafo anterior sin haberse acreditado el ejercicio de la acción civil o si nadie hubiere reclamado que continúe la retención de las piezas de convicción, serán devueltas éstas a sus dueños.

El citado artículo añade que se reputará dueño el que estuviere poseyendo la cosa al tiempo de incautarse de ella el Juez de instrucción.

«Y cuando las piezas de convicción entrañen, por su naturaleza, algún peligro grave para los intereses sociales o individuales, así respecto de las personas como de sus bienes, los tribunales, en prevención de aquél, acordarán darles el destino que dispongan los Reglamentos o, en su caso, la inutilidad previa la correspondiente indemnización, si procediera», concluye el artículo 635.

La juez indica que de conformidad con lo interesado por el Ministerio Fiscal en su informe, a la vista de que el 12 o el 15 de febrero del año pasado la Editorial Mintzoa entregó en depósito el “Códice de la priora Blanca de Aragón” al Archivo Histórico Provincial de Huesca, donde se encontraba cuando el 4 de marzo de 2019 fue intervenido por la Brigada Regional de Policía Judicial del Cuerpo Nacional de Policía, y dejado en depósito en aquel archivo, y a disposición de la autoridad judicial competente para el conocimiento de estos hechos, en los que la Audiencia Provincial dictó el auto del 6 de abril ratificando el sobreseimiento provisional acordado por este Juzgado, «resulta procedente acordar el alzamiento de la medida de aseguramiento adoptada» el 4 de marzo de 2019.

Y en consecuencia que el citado manuscrito permanezca depositado en el Archivo Histórico Provincial de Huesca, en el que ya se encontraba antes de acordarse la misma, «sin perjuicio de las consecuencias jurídicas que proceda determinar en el orden jurisdiccional que corresponda».

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