Revés final de ATLL en su «guerra del agua» contra la Generalitat de Cataluña
Instalaciones de ATLL en Cataluña. Foto: ATLL.

Revés final de ATLL en su «guerra del agua» contra la Generalitat de Cataluña

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14/5/2020 06:30
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Actualizado: 14/5/2020 00:40
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El tribunal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TAJCat) ha inadmitido la querella que interpuso Aigües Teo Llobregat (ATLL) contra el consejero de de Territorio y Sostenibilidad, Damià Calvet, y el director general de Patrimonio de la Generalitat, Francesc Sutrias, por un supuesto delito de prevaricación administrativa.

Los magistrados, Jesús Barrientos Pacho –presidente del TSJCat–, Mercedes Armas Galve y Carlos Ramos Rubio han llegado a la conclusión de que no han hallado los necesarios indicios de criminalidad para seguir adelante con la causa. 

El auto es un revés para ATLL en su «guerra del agua» contra la Generalitat de Cataluña.

Una guerra que se remonta a la adjudicación llevada a cabo por la Administración autonómica de Artur Mas, cuando presidía la Generalitat, lo que se convirtió en uno de los grandes fiascos de su mandato. 

El desenlace de aquella decisión fue su anulación y la desprivatización de este servicio público. 

Precisamente, los tres magistrados le recuerdan a ATLL en su auto que la documentación aportada, para sustentar la querella, no le da derecho a ejercer «una suerte de derecho de retención sobre unos bienes públicos después de haber sido decretada la nulidad de la concesión».

La argumentación de ATLL en su querella tienen su origen en el 21 de diciembre de 2018. Ese día, los dos querellados, estando en trámite de liquidación el contrato de gestión con ATLL, acordaron que la Generalitat tomara posesión del servicio público, sin esperar a que concluyera el proceso de liquidación que suscribieron en su día. Un proceso de liquidación que, de acuerdo con ATLL, debió de ser tramitado con carácter previo a cualquier otra gestión que se hiciera al respecto.

EL TSJCat ANULÓ EL ACUERDO DEL GOBIERNO AUTONÓMICO 

Le correspondió al tribunal de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCat la anulación del acuerdo de adjudicación del contrato del servicio de abastecimiento decidido por el Ejecutivo autonómico de Mas.

La sentencia fue firme el 28 de febrero de 2018.

«El 4 de junio de 2018, la Generalitat, en la persona de Damià Calvet como Conseller de Territorio, dicta Resolución por la que se declara que el contrato que se había formalizado el 27 de diciembre de 2012 quedaba anulado, entrando en fase de liquidación».

El 17 de julio la Generalitat aprobó el Decreto Ley 4/2018 por el que finalmente asumió la gestión directa del citado abastecimiento y se crió el Ente de Abastecimiento del agua Ter-Llobregat.

La Comisión de Liquidación del contrato propuso el 6 de noviembre de 2018 liquidar definitivamente el contrato a fecha 31 de diciembre de 2018, y que la sociedad concesionaria hiciera entrega a la Generalitat de la suma de 38.429.000 euros.

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