El CGPJ incorpora a su base de jurisprudencia resoluciones en formato de lectura fácil dirigidas a personas con discapacidad intelectual
Se explica qué es el documento, en qué consiste la decisión judicial y qué opciones hay si no se está de acuerdo con ella
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23/11/2020 13:22
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Actualizado: 23/11/2020 13:35
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La base de datos de acceso público del Centro de Documentación Judicial (CENDOJ), el órgano técnico del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) encargado de la difusión de la jurisprudencia, permite desde hoy la consulta de resoluciones judiciales en formato de lectura fácil, posibilitando a las personas con discapacidad intelectual la plena comprensión de las decisiones que les afectan, al adaptarlas a un lenguaje comprensible para ellas.
Según ha informado el CGPJ, esta iniciativa se enmarca en el convenio de colaboración suscrito el 24 de octubre de 2018 entre el CGPJ y la organización Plena Inclusión España.
Comienza con 23 sentencias dictadas por jueces de Primera Instancia del Principado de Asturias en materia de modificación de la capacidad, y próximamente el fondo se ampliará con resoluciones dictadas en otras Comunidades Autónomas como Madrid o La Rioja.
Para acceder a estas resoluciones, que han sido sometidas por el CENDOJ al mismo proceso de disociación de datos personales que el resto, hay que entrar en la base de datos de jurisprudencia de la web del CGPJ -Poderjudicial.es- y pinchar en la pestaña “Resoluciones de lectura fácil”.
Cada una de las sentencias que aparecen, pueden leerse en su formato habitual o en la versión de lectura fácil, en la que se explica qué es el documento, en qué consiste la decisión judicial y qué opciones hay si no se está de acuerdo con ella.
Se utilizan palabras sencillas, frases cortas e incluso pictogramas.
SENTENCIA EN VERSIÓN LECTURA FÁCIL
Pinchando aquí tiene un vídeo sobre la iniciativa, con declaraciones del presidente del Foro Justicia y Discapacidad, Juan Manuel Fernández, de la letrada del CENDOJ Edurne Uranga y de la responsable del área de accesibilidad cognitiva de Plena Inclusión Asturias, Aída Álvarez.
La conversión al formato de lectura fácil la realizan los equipos de accesibilidad cognitiva de Plena Inclusión, según ha detallado el CGPJ.
Indica que posteriormente, los equipos de validación de la organización, integrados por personas con discapacidad intelectual, se aseguran de que el texto es perfectamente comprensible, y que finalmente, el juez valida el resultado verificando su resolución con la adaptada, para garantizar que es jurídicamente correcta.
DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA
El órgano de gobierno de los jueces explica que este proyecto es fruto de su «compromiso con la mejora y promoción del derecho de acceso a la Justicia de las personas con discapacidad y con los mandatos derivados de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo, aprobados el 13 de diciembre de 2006 en la sede de Naciones Unidas en Nueva York y firmada por España y ratificada en noviembre de 2007, habiendo entrado en vigor el 3 de mayo de 2008″.
Recuerda que el artículo 13 de la Convención establece que “los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones con las demás, incluso mediante ajustes de procedimiento y adecuados a la edad, para facilitar el desempeño de las funciones efectivas de esas personas como participantes directos e indirectos, incluida la declaración como testigos, en todos los procedimientos judiciales, con inclusión de la etapa de investigación y otras etapas preliminares”.
LLAMAMIENTO DEL FORO JUSTICIA Y DIGNIDAD
El órgano de gobierno de los jueces ha informado que el vocal del Consejo y presidente del Foro Justicia y Discapacidad Juan Manuel Fernández ha enviado una carta a los miembros de la Carrera Judicial «pidiendo su colaboración para nutrir el nuevo fondo documental» y recordándoles que en aquellos procedimientos en los que alguna de las partes intervinientes presente algún tipo de discapacidad intelectua, las resoluciones que se dicten pueden ser adaptadas al formato de lectura fácil.
Fernández señala en la misiva que, de conformidad con el acuerdo aprobado el 3 de julio de 2017 por la Comisión Permanente del CGPJ, esa adaptación “no sustituye ni complemente la sentencia, ni modifica su contenido, como tampoco supone la aclaración de la misma en los términos establecidos en el artículo 267.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 214 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, debiendo limitarse a ser un documento con estricta finalidad informativa”.
CAMPO: ‘ES NECESARIO AUMENTAR LA ACCESIBILIDAD DE LAS PERSONAS MAYORES A LA JUSTICIA’
El ministro ha puesto en valor a las personas de más edad, ha llamado la atención sobre su vulnerabilidad en tiempos de pandemia y ha insistido en la necesidad de revisar “nuestro modelo de cuidados y las políticas de dependencia”.
El ministro de Justicia ha indicado que casi el 20% de la población española tiene más de 65 años, y ha incidido en que la brecha digital es un problema especialmente importante en las zonas rurales.
Por ello, ha señalado que el Ministerio está trabajando con la Fundación de la Mutualidad de la Abogacía para realizar un estudio de necesidades de la población sin conocimientos digitales en las zonas rurales; con los ayuntamientos y la Federación Española de Municipios y Provincias, para colaborar en la prestación de servicios; y con entidades representativas de las personas mayores, para conocer sus demandas de primera mano.
El ministro ha vuelto a destacar que “la Justicia que no se comprende, no sirve» y «de ahí la necesidad de hacerla accesible, sostenible y útil a la ciudadanía”.
Según ha afirmado, anhela “una Justicia capaz de convertirse en una de las piedras angulares sobre las que construir un modelo económico y social más cohesionado, ético y responsable».
«Un modelo de sociedad donde las personas mayores sean prioritarias. Hoy y siempre”, ha concluido.
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