El Centro de Resolución de Conflictos del ICAM, mediaICAM, cumple 10 años y celebra la Semana de la Mediación
Informa que en este período y como institución de mediación inscrita en el Registro del Ministerio de Justicia, se han tramitado 4.817 expedientes de mediación y se ha atendido e informado sobre mediación a 8.160 ciudadanos.

El Centro de Resolución de Conflictos del ICAM, mediaICAM, cumple 10 años y celebra la Semana de la Mediación

Su responsable, Ana Palomeque, detalla en Confilegal qué tipos de servicios ofrece mediaICAM y por quiénes pueden ser solicitados
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19/1/2022 16:08
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Actualizado: 07/7/2022 14:59
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Contenido patrocinado por el Colegio de Abogados de Madrid (ICAM)

El Centro de Resolución de Conflictos del Colegio de Abogados de Madrid, mediaICAM, cumple en 2022 diez años, y del 17 al 21 de enero está celebrando la ‘Semana de la Mediación’, con una serie de eventos y actividades, desarrolladas de forma telemática, dirigidas a todos aquellos profesionales, empresas, instituciones públicas y privadas, y ciudadanía que estén interesados en conocer y ampliar información sobre la mediación como método adecuado para prevenir, resolver o minimizar conflictos. Todas estas actividades quedarán colgadas en el canal de Youtube del ICAM.

La responsable del Centro de Resolución de Conflictos del Colegio de Abogados de Madrid, Ana Palomeque Rivas, detalla en Confilegal qué tipos de servicios ofrece mediaICAM y por quiénes pueden ser solicitados.

Ana Palomeque Rivas, responsable del Departamento ADRs-MASC-mediaICAM, Centro de Resolución de Conflictos del Colegio de Abogados de Madrid. Abogada.

Constituido en mayo de 2012, entre los fines y objetivos de mediaICAM se encuentran la gestión de procesos de resolución de controversias llevados a cabo por profesionales en Métodos Alternativos de Solución de Conflicto (MASC); el fomento y la difusión de la mediación y otras formas de resolución de controversias (MASCs).

«Es objetivo prioritario del Centro, la integración de la abogacía en los MASC de conformidad con la futura normativa que, siguiendo directrices de Europa, se encamina a fomentar los Métodos alternativos de resolución de controversias como otra forma de acceso a la justicia con la imprescindible intervención de la abogacía y la necesidad de que el ICAM vele por la integración de sus colegiados en una actividad que requiere de una solvente formación jurídica», explica Ana Palomeque.

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LOS SERVICIOS QUE OFRECE

El Centro de Mediación del ICAM ofrece mediación, negociación asistida, conciliación, y un servicio de resolución exprés de controversias.

Estos servicios pueden ser solicitados por abogados, ciudadanía, instituciones, empresas y organismos públicos o privados, informa Palomeque.

«En este período y como institución de mediación inscrita en el Registro del Ministerio de Justicia, se han tramitado 4.817 expedientes de mediación y se ha atendido e informado sobre mediación a 8.160 ciudadanos», indica.

La mediación es un proceso autocompositivo de resolución de conflictos por el que una persona, independiente e imparcial, denominada mediador, ayuda a otros a comprender el origen de sus diferencias, a conocer sus causas y consecuencias, a confrontar sus visiones y a encontrar soluciones para resolverlas, evitando, en la medida de lo posible, la judicialización del conflicto y creando un espacio de diálogo en el que prevalezca la equidad comunicativa, la seguridad, la libertad y la igualdad.

La negociación asistida es un proceso en el que es necesaria la figura de un tercero neutral que puede aportar alternativas, sugerencias o exploración de escenarios para que sean valoradas por las partes, aunque no hay imposición de solución ni acuerdo por parte del tercero/neutral, sino que será fruto de su decisión conjunta -y no del tercero-, tras la valoración de las alternativas o sugerencias y aceptadas por los interesados como solución al conflicto.

La conciliación es un proceso autocompositivo de solución de conflictos, por el que las partes, pueden evitar el inicio de un pleito o poner fin al juicio ya comenzado, por acuerdo en la solución de su conflicto, alcanzado ante un tercero imparcial que tratará de conseguir que las partes alcancen un acuerdo proponiendo alguna solución que en ningún caso tiene capacidad de imponer a las partes interesadas, sino que debe aceptarse por éstas para que les vincule.

El servicio de resolución exprés de controversias tiene como objetivo impulsar una herramienta que ayude a las partes, mediante MASCs tales como la mediación y la negociación asistida a través de personas expertas facilitadoras, a resolver sus conflictos de una forma rápida y satisfactoria, en un formato íntegramente virtual, en tiempo muy reducido y bajo coste.

Sus ámbitos de actuación abarcan la mediación en servicios profesionales en conflictos relativos a honorarios profesionales, en materia deontológica y en turno de oficio; la mediación intrajudicial y la extrajudicial, la negociación asistida, la conciliación privada y servicios exprés de resolución de controversias, en todo tipo de materias.

Para el desarrollo de sus funciones dispone de una plataforma tecnológica para la gestión telemática de expedientes, una página web -www.mediaicam.es-, y un espacio destinado a ADRs/MASCs en la calle Bravo Murillo número 377 de Madrid.

Este es el modelo cláusula de remisión a mediación: “Las partes intervinientes acuerdan libre y voluntariamente que todas las desavenencias, controversias, divergencias o cuestiones litigiosas que deriven del presente contrato, se resolverán, -antes de recurrir al arbitraje, procedimiento judicial u otro procedimiento de resolución de conflictos-, a través de mediación que se administrará por el Centro de Resolución de Conflictos del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, mediaICAM, con sujeción a sus estatutos y demás normas que resulten de aplicación y resulten vigentes en la fecha de solicitud de la mediación».

En el modelo cláusula de remisión a mediación + arbitraje, las partes intervinientes acuerdan libre y voluntariamente que toda controversia derivada de este contrato o que guarde relación con él, incluida cualquier cuestión relativa a su existencia, validez o terminación, será resuelta en primer lugar y, antes de recurrir al arbitraje, procedimiento judicial u otro procedimiento de resolución de conflictos, a través de mediación que se administrará por el mediaICAM, con sujeción a sus estatutos y demás normas que resulten de aplicación y resulten vigentes en la fecha de solicitud de la mediación.

Cualquier controversia que no haya sido resuelta a través de la mediación dentro de los 45 días siguientes a la fecha del acta constitutiva de la mediación, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de Derecho, administrado por la Corte de Arbitraje del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, de acuerdo con sus Estatutos y Reglamento de Arbitraje vigente a la fecha de presentación de la solicitud de arbitraje.

El Centro de Resolución de Conflictos del Colegio de Abogados de Madrid, mediaICAM, también ofrece formación. Pinchando aquí puede conocer la programación formativa que ha preparado para 2022.

EL PROGRAMA DE LA SEMANA DE LA MEDIACIÓN

El lunes se celebró una jornada titulada ‘Conflictos asimétricos: cuando una parte es sorda’, a cargo de la abogada y mediadora Marisol Andreu y el ‘webinar’ ‘Online dispute resolution (ODRS) para gestionar conflictos’, dirigido por Nuria Calvo, procuradora y mediadora, y Ricardo de Sosa, mediador.

Las sesiones continuaron el martes con el ‘webinar’ ‘Empresas de hoy, empresas del futuro: la oportunidad de los métodos alternativos de resolución de conflictos (MASC)’, de la mano del abogado y mediador Ignacio Alonso, y un coloquio sobre ‘Los juzgados multipuertas”, con la intervención de Pilar López Asensio, mediadora y secretaria general de la sección española del Grupo Europeos de Magistrados por la Mediación (GEMME)Luis Aurelio González Martín, magistrado y miembro de dicha asociación; y Mar de Andrés Vázquez, abogada y mediadora.

Este miércoles se ha celebrado un ‘webinar’ para abogados, titulado ‘El juzgado deriva a mediación: ¿cómo defiendo a mi cliente?‘, por Amparo Quintana, abogada y mediadora, la charla-taller ‘Los seis sombreros para pensar con herramientas de mediación’, por José Antonio Veiga, mediador, al que seguirá una charla-coloquio para jueces, letrados de la administración de justicia y fiscales ‘La mediación intrajudicial: ¿por qué derivar?’, de la mano de por Aurelio González Martín, magistrado y miembro de GEMME España, y María Avilés, letrada de la administración de Justicia.

Mañana, 20 de enero, tendrá lugar una charla sobre ‘Música y mediación’, en la que intervendrá el abogado y mediador Alejandro Sánchez Prieto, seguida del ‘webinar’ ‘Las medidas de apoyo a personas con discapacidad: una oportunidad para el diálogo y el consenso’, de la mano de la abogada y mediadora Mónica Cristobal.

El viernes se desarrollará una webinar sobre mediación para quienes no confían o no conocen la mediación, dirigido por la abogada y mediadora Amparo Quintana.

El ICAM despedirá la Semana de la Mediación de forma presencial desde el Salón de Actos de la entidad con un cinefórum de conflictos de la película ‘Philomena’, actividad desarrollada conjuntamente con el Club Sénior. Tras el visionado de la película, la abogada y mediadora Amparo Quintana, acompañada de la psicóloga y mediadora Mar del Rey procederán a la presentación y posterior análisis de los conflictos y relaciones y emociones que se dan en la película en un coloquio abierto con los intervinientes.

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