Los notarios autorizan, en su primer año de ejercicio, más de 1.400 expedientes matrimoniales en Cataluña
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30/4/2022 06:48
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Actualizado: 29/4/2022 22:45
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Este 30 de abril se cumple el primer aniversario de la entrada en vigor de la Ley 20/2011, que permite a los notarios autorizar los expedientes previos a la celebración del matrimonio.
La entrada en vigor de esta Ley permite a los contrayentes que cumplan con todos los requisitos legales establecidos en la normativa actual tramitar su expediente matrimonial sin la necesidad de acudir al Registro Civil, como una nueva vía destinada a agilizar el proceso.
Desde su aprobación y hasta el mes de diciembre, el número de expedientes matrimoniales tramitados en las notarías catalanas ascendió a 1.150. Si se le suman los datos registrados durante los dos primeros meses del año, la cifra alcanza las 1.425 tramitaciones en el primer año de funcionamiento de la Ley.
Según José Alberto Marín, decano del Colegio Notarial de Cataluña, “las cifras de este primer año de vigencia de la Ley nos muestran la buena acogida que ha tenido entre los ciudadanos».
«Una vez más, el notariado contribuye a dar seguridad jurídica a aquellos ciudadanos que lo requieren y, además, lo hace de una forma rápida y eficaz que hace todo el proceso más fácil para aquellos que quieran contraer matrimonio”, afirma el decano.
Procedimiento de tramitación del expediente matrimonial
El proceso de tramitación del expediente matrimonial consiste en comprobar que la pareja reúne las aptitudes y condiciones legales necesarias para contraer matrimonio.
Es decir, la capacidad y la ausencia de impedimentos, así como la veracidad de su voluntad, evitando de esta manera los matrimonios de conveniencia con finalidades fraudulentas, entre ellas, la obtención de nacionalidad o residencia, por ejemplo, o la obtención de una pensión pública.
Gracias a la atribución de esta competencia a los notarios, «se han incorporado dos novedades útiles para los ciudadanos que han dado mayor seguridad jurídica a la relación económica y personal de los contrayentes».
Por un lado, en el expediente se determina la vecindad civil de los contrayentes, básica para conocer qué legislación de las coexistentes en España se les aplica.
Y, por otro, los ciudadanos cuentan con el asesoramiento notarial previo antes de concretar el régimen económico matrimonial que regirá el matrimonio, es decir, las reglas que servirán para saber de qué cónyuge serán los bienes que adquieran y las deudas que contraigan durante el matrimonio.
En Cataluña, por defecto, rige la separación de bienes.
Los notarios catalanes autorizaron en 2021 la cifra más alta de matrimonios de los últimos cinco años
Según datos del Observatorio Notarial de Cataluña, los notarios catalanes autorizaron un total de 2.030 matrimonios y 1.711 divorcios en 2021, la mayor cifra de los últimos 5 años, siendo el año que más matrimonios se autorizaron y manteniendo la tendencia al alza de años anteriores.
Tras un 2020 en que por primera vez los divorcios superaron a los matrimonios, a raíz de la pandemia de Covid’19, en 2021 de nuevo se celebraron más matrimonios, como sucede desde el inicio de la atribución de esta competencia a los notarios.
La evolución del número de divorcios autorizados en las notarías catalanas en los últimos cinco años también se ha mantenido en alza constante.
Durante los dos primeros meses de 2022 se han autorizado 275 matrimonios; una cifra superior a la suma de los datos de enero y febrero de 2021, que sumaba 103. En relación con las separaciones y divorcios, en enero y febrero de este año se autorizaron en Cataluña un total de 259, ligeramente superiores a los 247 de 2021.
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