La Fiscalía considera que la Instrucción del Ministerio, prohibiendo vacaciones de los LAJ, limita el derecho de huelga
La fiscal Lorena Álvarez Taboada afirma en su escrito al TSJM está obstaculizando el derecho de huelga de los LAJ. Foto: Confilegal.

La Fiscalía considera que la Instrucción del Ministerio, prohibiendo vacaciones de los LAJ, limita el derecho de huelga

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14/2/2023 17:18
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Actualizado: 14/2/2023 17:23
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Los magistrados de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) han recibido hoy el escrito de la fiscal Lorena Álvarez Taboada en la causa interpuesta por las asociaciones de letrados de la Administración de Justicia (LAJ) contra la Instrucción 1/2023 relativa al régimen de disfrute de permisos durante las jornadas de huelga.

Y se pone del lado de los LAJ.

«Al denegarse de manera generalizada el disfruta de permisos se limita la ‘presión’ que pueda ejercer el colectivo frente a su patrón que, además, en este caso, responde ante la ciudadanía por la prestación de un servicio público», dice la fiscal Álvarez en su escrito.

«Igualmente, limita el derecho de los huelguistas a instar a sus compañeros a unirse a la huelga, ya que culpabiliza a los huelguistas de las limitaciones de los derechos individuales de los no huelguistas», añade.

Para concluir que «la Instrucción no tiene otro objeto que precisamente limitar el derecho de huelga». «No se comprende cuál es la finalidad de la instrucción si no es limitar el derecho de huelga y la ‘presión’ ejercida por los LAJ frente al Ministerio de Justicia. Por lo expuestos, entendemos que procede la adopción de la medida cautelar interesada».

Las asociaciones interpusieron un recurso Contencioso-Administrativo contra la Instrucción dictada por el Ministerio solicitando la protección de los derechos fundamentales de la persona y por la supuesta vulneración del derecho fundamental del artículo 28 de la Constitución Española, que «reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses».

El TSJM denegó el pasado 2 de febrero la adopción de una medida cautelarísima, solicitada por las asociaciones de LAJ, La Fiscalía, con este escrito, se posiciona y deja la pelota en el tejado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal madrileño, que ahora tiene que pronunciarse sobre el asunto.

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