Hacienda siempre gana en la Lotería de Navidad a partir de los premios de más de 40.000 euros 
A los ganadores del Gordo de Navidad se les restará el 20 % del Premio.

Hacienda siempre gana en la Lotería de Navidad a partir de los premios de más de 40.000 euros 

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12/12/2023 06:30
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Actualizado: 11/12/2023 23:17
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El sorteo de la Lotería de Navidad está a la vuelta de la esquina. Y aunque resultes ganador, Hacienda siempre se lleva un porcentaje de dinero a excepción de los premios de menos de 40.000 euros, que no tendrán que pagar impuestos.

Los afortunados que obtengan un premio mayor tendrán que «acoquinar» a Hacienda el 20 %, según explica la asesoría fiscal TaxDown en un informe en el que especifica lo que se queda el Estado en la Lotería de Navidad.

Por cada décimo premiado con el Gordo de Navidad, que son 400.000 euros, quedan exentos de impuestos los primeros 40.000 euros.

De los 360.000 euros restantes sí que hay que tributar a Hacienda el 20 %, lo que se traduce en 72.000 euros.

Por lo que el premio se quedaría en una cantidad de 328.000 euros.

En el caso del segundo premio, que son 125.000 euros, se pagarían impuestos sobre 85.000 euros, por lo que el ganador recibiría al final 108.000 euros al quedarse hacienda con 17.000.

El tercer premio es el de 50.000 euros. Aplicándose la misma fórmula, a Hacienda se le pagaría el 20 % de 10.000, es decir, 2.000 euros, por lo que la cantidad final que el ganador recibiría sería de 48.000 euros.

Estos son los únicos premios que llevan una retención por parte de Hacienda, pues el resto son menores de 40.000 euros.

Décimos de lotería compartidos

Según la Agencia Tributaria, en los casos de décimos de lotería compartidos en los que el premio se reparte entre todos los participantes, se deben distribuir los 40.000 euros exentos de impuestos entre todos los participantes (de manera proporcionada con su nivel de participación).

El que proceda al reparto del premio y figure como gestor del cobro tendrá que estar en condiciones de acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido a todos los participantes. Y es necesaria la identificación de cada uno de ellos.

Otro punto importante es que los premios de la Lotería de Navidad no tienen que declararse en la Renta. Eso sí, como ha explicado Enrique García, CEO de TaxDown: “sí que deben declararse los posibles rendimientos que este dinero conseguido les pueda generar a los ganadores, como por ejemplo los intereses bancarios”.

Por último, el informe también señala la importancia de recordar que, tal y como señala el Real Decreto del 23 de marzo de 1956, “la venta de billetes sólo podrá efectuarse en las Administraciones de Loterías legalmente establecidas, cuyos titulares, si lo estiman necesario, podrán valerse de vendedores autorizados”.

En caso de que exista una autorización que permita la venta, el importe del décimo nunca podrá tener un importe superior por comisión del 20%.

Además, si con la reventa de décimos el vendedor está intentando ayudar a posibles defraudadores a blanquear dinero, podrçia enfrentarse a sanciones de hasta más de la mitad de lo que ganó con el décimo comprado.

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