La AJFV reprocha al TC que lleve un año incumpliendo la sentencia del TEDH sobre la renovación del CGPJ, vulnerando el derecho de 6 jueces
Sergio Oliva Parrilla es el portavoz de la Asociación Judicial Francisco de Victoria, autora de este reproche al TC. Foto: Confilegal.

La AJFV reprocha al TC que lleve un año incumpliendo la sentencia del TEDH sobre la renovación del CGPJ, vulnerando el derecho de 6 jueces

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24/6/2024 09:10
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Actualizado: 24/6/2024 08:10
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«El Tribunal Constitucional lleva un año incumpliendo la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que condenó a España por vulnerar los derechos civiles de seis jueces asociados que son candidatos a vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) desde el año 2018″. De esta forma tan contundente se expresa la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) en un comunicado.

Es una «anomalía democrática sin precedentes que estamos padeciendo con la no renovación del CGPJ está vulnerando los derechos civiles de los seis candidatos”, afirma Sergio Oliva, portavoz nacional de la AJFV.

“Las evidencias de que estamos ante un sistema fracasado son palmarias”, subraya.

La AJFV recuerda que el pasado 22 de junio, sábado, se cumplió un año desde la sentencia del TEDH. Sin que el Constitucional haya hecho el menor gesto para cumplirla. A pesar de que es firme desde septiembre de 2023.

«Tampoco ha respondido a la demanda de ejecución de esta sentencia presentada por la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) y los seis magistrados afectados en noviembre de 2023», recuerda.

El TEDH condenó a España porque el Tribunal Constitucional rechazó la tramitación en 2021 del recurso de amparo de estos seis magistrados sin justificar los motivos de tal decisión, lo que atentó contra su derecho a la tutela judicial efectiva.

Estrasburgo también estableció que los 6 candidatos a vocales del CGPJ «tenían derecho» a que sus candidaturas fueran estudiadas por el Congreso y el Senado de forma oportuna.

LA AJFV TAMBIÉN RECRIMINA A LOS PRESIDENTES DEL CONGRESO Y DEL SENADO POR LO MISMO

Pero ni el Constitucional ha resuelto sobre el recurso de amparo de los seis magistrados –José Antonio Baena Sierra, Rafael Estévez Benito, Mónica García de Yzaguirre, Manuel Jaén Vallejo, Juan Luis Lorenzo Bragado y María Tardón Olmos– cuyo rechazo supuso la vulneración de sus derechos, ni las Cortes Generales han votado el listado de candidatos que fue remitido en por el CGPJ en 2018.

La demanda de ejecución interpuesta en noviembre pasado reclama que se declare la nulidad de la providencia de inadmisión del recurso de amparo contra la que se ha pronunció el TEDH, y en su lugar se dicte otra admitiéndolo a trámite. En caso contrario, los recurrentes pidieron un nuevo amparo constitucional en términos similares al recurso presentado el 14 de octubre de 2020

“Resulta absolutamente inaceptable que los Presidentes del Congreso y del Senado lleven más de cinco años omitiendo de forma flagrante el ejercicio de sus funciones al no convocar los plenos para renovar el CGPJ”, apunta Oliva. “Los parlamentarios están atados de pies y manos por los partidos políticos”.

La AJFV presentó un recurso de amparo ante el TC en 2020 porque las Cortes Generales llevaban entonces dos años sin convocar pleno para proceder al nombramiento de los vocales de procedencia Judicial, que son 12 de los 20 que integran el órgano constitucional. Lo que condujo a los seis magistrados a interponer su recurso ante el TEDH.

“Desgraciadamente, el silencio de nuestro TC contribuye, con su omisión, a que los derechos civiles de los candidatos se sigan vulnerando”, asegura el portavoz de la AJFV. “El TC tiene una oportunidad de oro para realizar una nueva valoración constitucional del actual sistema partitocrático de designación de vocales del CGPJ, conforme a la jurisprudencia europea”.

La demanda de ejecución interpuesta en noviembre pasado reclama que se declare la nulidad de la providencia de inadmisión del recurso de amparo contra la que se ha pronunció el TEDH, y en su lugar se dicte otra admitiéndolo a trámite. En caso contrario, los recurrentes pidieron un nuevo amparo constitucional en términos similares al recurso presentado el 14 de octubre de 2020.

En ese recurso, los demandantes reiteran la petición de amparo constitucional porque las Cortes Generales no han adoptado ninguna actuación ni medida alguna para continuar con el procedimiento establecido para renovar el CGPJ, a pesar de estar obligadas a renovarlo en plazo, “por lo que no estamos ante un mero retraso o dilación sino ante una verdadera desidia de las Cortes en sus funciones, puesto que han transcurrido 5 años desde la remisión por el CGPJ del listado de candidatos propuestos”, sostiene el recurso interpuesto por dicha asociación judicial junto con los seis magistrados citados.

La demanda presentada en noviembre busca un triple fin. Por un lado, atender a la resolución del TEDH “para el efectivo cumplimiento de la misma, esto es, se produzca una resolución por el Tribunal Constitucional que entre a conocer sobre los derechos vulnerados; por otro lado, el reconocimiento del derecho de los candidatos a acceder a los cargos públicos de conformidad con su contenido constitucionalmente declarado y siguiendo los trámites legalmente previstos; y finalmente, el restablecimiento de la integridad de su derecho o libertad con la adopción de las medidas apropiadas para su eficacia”, resalta el escrito presentado ante el TC.

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