Jerónimo García San Martín es juez decano de los Juzgados de Algeciras y doctor en Derecho. Es el autor de «Unidad de omisión: hacia una construcción doctrinal identificativa de la unidad omisiva penalmente relevante», que acaba de publicarse.

Unidad de omisión: Un análisis innovador sobre los delitos omisivos en el derecho penal a cargo de Jerónimo García San Martín

9 / 10 / 2024 05:35

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El magistrado Jerónimo García San Martín, juez decano de los Juzgados de Algeciras, donde es titular del Juzgado de Instrucción nº 5, acaba de dar a la luz un nuevo libro, a través de Amazon, que lleva por título «Unidad de omisión: hacia una construcción doctrinal identificativa de la unidad omisiva penalmente relevante».

Es una obra que cuenta con el prólogo del magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Antonio Del Moral García, y con la que se adentra en el complejo campo de la teoría de la omisión penalmente relevante.

El objetivo principal de esta monografía es definir con precisión el concepto de «unidad de omisión penalmente relevante«. Para ello, el autor introduce una serie de novedosas construcciones doctrinales que equivalen a las de la teoría de la acción, como son: “unidad de omisión en sentido natural”, “unidad natural de omisión”, “unidad típica de omisión” y “unidad jurídica de omisión” o “delito continuado omisivo”.

Además, el libro se ocupa de precisar el momento en que se inicia y finaliza la omisión, estableciendo cuándo se consuma la misma y diferenciándola de otras formas incompletas de ejecución, como la tentativa, tanto absoluta como relativa, así como del “desistimiento voluntario de la omisión” y de la “omisión preparatoria impune”.

OBJETIVO FINAL

El objetivo final es proporcionar criterios precisos y predecibles que permitan diferenciar entre unidad y pluralidad de omisiones penalmente relevantes, y, por consiguiente, entre unidad y pluralidad de delitos omisivos.

Esto resulta esencial para formar un cuerpo doctrinal que sirva como base sólida para abordar los numerosos conflictos de subsunción y concurrencia que surgen en torno a las omisiones penalmente relevantes, sobre todo en lo que respecta a la calificación como concurso ideal, medial o de normas en la práctica judicial.

Hasta ahora, estos casos se han resuelto a menudo mediante soluciones puntuales, sin el respaldo de una teoría general de la omisión debidamente desarrollada.

El autor subraya que, aunque la distinción entre unidad y pluralidad de acciones penalmente relevantes ha sido controvertida y sigue generando debate, la cuestión de la unidad y pluralidad de omisiones ha despertado mucho menos interés dentro de la doctrina, pese a sus consecuencias prácticas.

Esto se debe en parte a la dificultad inherente de analizar lo abstracto y lo intangible que caracteriza al “no hacer”, algo que en ocasiones puede parecer imperceptible, pero que puede estar vinculado a la lesión clara y visible de los bienes jurídicos protegidos, un daño que está directamente relacionado con la causalidad de la omisión.


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