El Consorcio de Compensación eleva a 46.000 las solicitudes de indemnización recibidas por la DANA y está tramitando cerca del 40%
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04/11/2024 13:05
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Actualizado: 04/11/2024 13:05
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El Consorcio de Compensación de Seguros ha recibido en cinco días 46.000 solicitudes de indemnización a causa de la DANA y ya está tramitando cerca del 40% de ellas.
El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, difundió estos datos en su cuenta en X donde ayer, domingo, por la mañana indicaba que se contabilizan 35.800 solicitudes y hoy ya son 46.000, “un ritmo sin precedentes”. De esta cifra, 18.000 se están tramitando. Los peritos están contactando con los afectados para calibrar el daño y abrir la tramitación de la cuantía económica.
Se mantiene la previsión indicada ayer por Cuerpo de abonar los primeros pagos al final de esta semana. “Seguimos trabajando para dar la respuesta más ágil y apoyar a los afectados”, escribió el ministro, que recordó que para realizar las peticiones de indemnización a través del Consorcio se debe acudir a su página web ‘www.consorseguros.es’ o llamar al teléfono 900 222 665.
El Consorcio de Compensación indemniza los daños por inundación extraordinaria
El Consorcio de Compensación de Seguros indemniza los daños por inundación extraordinaria. El requisito para acceder a la cobertura del Consorcio es que la persona o el bien estén asegurados, con un seguro en vigor en el momento de la inundación.
Se cubren daños causados en personas y bienes asegurados como viviendas, automóviles, establecimientos comerciales, industrias u obras civiles. También gastos de alojamiento por inhabitabilidad de la vivienda o pérdida de ingresos por paralización de la actividad económica.
El Consorcio indemnizará con arreglo a los capitales asegurados y las cláusulas del contrato de seguro del afectado.
En el caso de los bienes, cubrirá los daños materiales como consecuencia de la inundación como puede ser la pérdida de alquileres, los gastos de alojamiento derivados de la inhabitabilidad de la vivienda o la pérdida de ingresos por la paralización de establecimientos comerciales, de servicios o industriales.
Para recibir las indemnizaciones por daños en vehículos, la persona necesita tener cobertura por daños al vehículo, ya sea todo riesgo, lunas, robo, o el seguro obligatorio del vehículo, a terceros.
En el caso de daños personales -lesiones o fallecimiento-, requiere un seguro de vida o de accidentes con cobertura de fallecimiento, invalidez o incapacidad temporal.
Por último, la pérdida de beneficios sólo está cubierta si la póliza así lo especifica y el daño afecta a los bienes asegurados.
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