El ex embajador de España en Venezuela Raúl Morodo a su llegada a la Audiencia Nacional para declarar como imputado por el dinero que él y su entorno habrían recibido de la petrolera venezolana PDVSA, a 20 de septiembre de 2021, en Madrid. Foto: EP.

La AN condena a Raúl Morodo, exembajador de España en Venezuela, a 10 meses de prisión por un delito contra la Hacienda pública

3 / 12 / 2024 16:38

Actualizado el 03 / 12 / 2024 16:38

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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha condenado a 10 meses de cárcel por un delito contra la Hacienda Pública al exembajador de España en Venezuela, Raúl Morodo, y a 2 años de prisión a su hijo Alejo, después de que ambos se reconocieran como autores en el juicio celebrado el pasado mes de octubre en la Audiencia Nacional.

En el fallo, los magistrados de la Sección Tercera absuelven a la nuera de Alejo Morodo, Ana Catarina Varandas, que descartó llegar a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía Anticorrupción y accedió a que se celebrase la vista oral en su contra.

El que fuera embajador y su hijo, sin embargo, alcanzaron un pacto antes del comienzo del juicio.

«¿Se declara culpable de estos delitos y se conforma a cumplir las penas señaladas?», le preguntó el presidente del tribunal, el magistrado Alfonso Guevara, al diplomático. «Sí, señor presidente», contestó Morodo.

La Fiscalía Anticorrupción solicitó inicialmente 3 años y 6 meses de cárcel para Raúl Morodo y 8 años y 6 meses de prisión tanto para su hijo Alejo como para la esposa de éste, pero finalmente redujo su petición hasta los 2 años y 10 meses, respectivamente.

En la sentencia, la Sala explica que «el reconocimiento por parte de los acusados Alejo y Raúl Morodo de la realidad de los hechos imputados por la Abogacía del Estado, el Ministerio Fiscal y la acusación popular respecto de la defraudación tributaria cometida respecto de los ejercicios anuales de 2013 y 2014 permite prescindir del análisis de la prueba practicada respecto de esos hechos».

Los magistrados indican que tampoco ha de ahondarse en la calificación jurídica y la pena que procede imponer, «habiéndose conformado ambos acusados y su defensa con la solicitada por esas acusaciones».

LA NUERA DEL EMBAJADOR, ABSUELTA

En lo relativo a Varandas, el tribunal sostiene que de los documentos exhibidos en el juicio se desprenden «indicios inequívocos» de que las presuntas defraudaciones tributarias de las que la Fiscalía acusaba a Varandas no eran sino «acciones realizadas» por su padre hacia ella y «por tanto» sujetas al impuesto sobre sucesiones y acciones.

Ahora, los magistrados explican que sobre esa «defraudación no ha versado la acusación y que, además, no superaría los 120.000 euros a la vista del dictamen presentado a última hora por el perito, que cifra la cuota del impuesto de aciones en 77.416,08 euros«.

«Debe, por tanto, absolverse a la acusada Ana Catarina Varandas de Loureiro de los delitos que se le imputa», apunta el fallo.

En su declaración en el juicio, Varandas dio detalles sobre el dinero que recibió por parte de sus padres, y que fueron una serie de «ayudas económicas» después de que decidiera hacer un «parón» en su carrera profesional para estar «al cuidado» de sus hijas.

«No me han dicho en ningún momento que estas ayudas económicas tuvieran que ir a una declaración de la renta. Fue todo informal», aseguró.


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