Las demoras judiciales han dejado de ser una disfunción puntual para convertirse en un problema estructural que tensiona de forma directa el ejercicio profesional de la abogacía en Madrid.
Así lo constata el Informe Estadístico Anual del área de Defensa de la Abogacía del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), que recoge 187 incidencias comunicadas en 2025 al Consejo General del Poder Judicial y al Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El balance refleja un patrón sostenido: 86 dilaciones, 56 retrasos y 49 suspensiones, con especial impacto en los órdenes civil y penal.
Más allá de la cifra global, el dato crítico es temporal. Casi la mitad de las dilaciones superan el año y en algunos procedimientos se alcanzan periodos de hasta dos años y medio sin resolución efectiva. El ICAM advierte del riesgo de cronificación de estas demoras si no se adoptan medidas organizativas de carácter estructural.
«Las dilaciones que superan el año no pueden considerarse normales en un Estado de Derecho», subraya Javier Mata, diputado responsable de Defensa de la Abogacía del ICAM. «Cuando un procedimiento permanece paralizado durante meses o incluso años, el perjuicio no es solo para el profesional que lo impulsa, sino para el justiciable que espera una respuesta judicial».
En el ámbito penal, el informe identifica situaciones especialmente graves en procedimientos de jura de cuentas, con paralizaciones que llegan a prolongarse durante años pese a la presentación reiterada de escritos de impulso procesal. Para el Colegio, estos casos evidencian disfunciones que van más allá de la sobrecarga coyuntural de trabajo.
Retrasos y suspensiones, las incidencias más acumuladas
Los retrasos —esperas prolongadas en actuaciones ya señaladas— se concentran mayoritariamente en la jurisdicción penal, especialmente en guardias de detenidos y juicios rápidos. El 70% de los casos analizados superan los 90 minutos de espera, con situaciones que alcanzan varias horas y afectan directamente al desarrollo de diligencias urgentes.
Las suspensiones, por su parte, refuerzan un efecto acumulativo. Cada cancelación obliga a reprogramar actuaciones en agendas ya saturadas, alimentando nuevas dilaciones. Más de la mitad se producen en el orden social y una parte significativa responde, según el informe, a problemas organizativos del propio órgano judicial, más que a causas imprevisibles.
El análisis incorpora además un listado de juzgados con incidencias de especial reiteración, entre los que destacan órganos de Madrid capital y de partidos judiciales como Colmenar Viejo. El ICAM subraya que no se trata de un señalamiento sancionador, sino de un instrumento para detectar patrones objetivos y activar mecanismos de seguimiento institucional.
Junto a las disfunciones temporales, el Colegio ha detectado también incidencias vinculadas al Expediente Judicial Electrónico, con documentación desordenada o incompleta que dificulta la trazabilidad del procedimiento y compromete la igualdad de acceso entre operadores jurídicos.
Ante este escenario, el ICAM insiste en la necesidad de respuestas organizativas sostenidas y recuerda la puesta en marcha del Servicio 112 Abogacía, un canal de intervención urgente diseñado para actuar en tiempo real cuando las incidencias afectan de forma grave al ejercicio profesional.