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Peinado cita a Begoña Gómez este miércoles para que le entregue el pasaporte

La esposa del presidente del Gobierno deberá entregar su pasaporte este miércoles tras la apertura de juicio oral acordada por el magistrado Juan Carlos Peinado, que también impuso la prohibición de salir de España y comparecencias quincenales.

22/06/2026 09:06

La causa contra Begoña Gómez ya ha entrado en una nueva fase procesal. El magistrado de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid, plaza 41, Juan Carlos Peinado, ha citado a la esposa del presidente del Gobierno este miércoles a las 18:00 horas para que entregue su pasaporte, en ejecución de las medidas cautelares acordadas el pasado sábado al abrir juicio oral contra ella.

La misma obligación afecta a Cristina Álvarez, asesora de Moncloa y también acusada en el procedimiento.

Según la providencia dictada por el instructor, ambas deberán hacer entrega de cualquier pasaporte expedido a su nombre y comunicar si disponen de documentación adicional, ya sea diplomática o de otra nacionalidad.

La decisión es la consecuencia práctica más inmediata del auto de apertura de juicio oral dictado el pasado 20 de junio, una resolución que sitúa por primera vez a Begoña Gómez a las puertas de un juicio penal y que ha convertido el fin de semana en uno de los momentos procesales más relevantes desde el inicio de la investigación hace más de dos años.

Un fin de semana que cambió el rumbo de la causa

El sábado, Peinado puso fin a la fase de instrucción y acordó la apertura de juicio oral contra Begoña Gómez, Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés.

La resolución, de 84 páginas, concluye que existen indicios suficientes para que un tribunal determine en juicio si Gómez incurrió en delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos.

Junto a la apertura de juicio oral, el magistrado acordó tres medidas cautelares personales de especial relevancia como la retirada del pasaporte, la prohibición de abandonar territorio español y la comparecencia cada quince días ante el juzgado.

Las mismas medidas fueron impuestas a Cristina Álvarez.

El instructor justificó estas restricciones por la gravedad de las penas que podrían derivarse de una eventual condena, que en abstracto podrían alcanzar hasta 16 años de prisión sumando los delitos atribuidos.

Uno de los aspectos jurídicamente más relevantes del auto es que la causa seguirá los trámites de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado.

Peinado considera que los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación determinan la competencia del jurado popular y arrastran a los delitos conexos de corrupción en los negocios y apropiación indebida.

La decisión se adoptó pese a que la Fiscalía mantuvo durante la audiencia preliminar celebrada el 15 de junio su petición de archivo de las actuaciones.

El Ministerio Público ha sostenido durante toda la instrucción que no existían elementos suficientes para formular acusación. Sin embargo, el magistrado entendió que el umbral exigido para abrir juicio oral había quedado superado.

Los indicios que aprecia el instructor

La investigación ha girado fundamentalmente en torno a la actividad desarrollada por Begoña Gómez en la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense de Madrid y a la posterior evolución de diversos proyectos tecnológicos vinculados a ella.

El auto examina la obtención de apoyos empresariales, patrocinios, colaboraciones privadas y el desarrollo de plataformas tecnológicas relacionadas con la actividad de la cátedra.

También analiza la posterior constitución de la sociedad Transforma TSC S.L., así como cuestiones relacionadas con marcas, dominios y activos tecnológicos desarrollados en el entorno universitario.

Respecto de Cristina Álvarez, Peinado considera que existen indicios de una participación activa en gestiones con empresas colaboradoras y en actuaciones relacionadas con proyectos de carácter privado utilizando medios vinculados a su puesto en Presidencia del Gobierno.

Una resolución de enorme impacto político e institucional

La apertura de juicio oral supone el hito procesal más relevante desde que comenzó la investigación.

No implica una declaración de culpabilidad, pero sí significa que el juez considera que existen indicios racionales suficientes para que los hechos sean sometidos al examen contradictorio de un juicio.

Además, el auto es firme en lo relativo a la apertura del juicio oral, por lo que el procedimiento entra ya en una fase difícilmente reversible desde el punto de vista procesal.

Durante los próximos días, la Fiscalía deberá presentar su escrito de conclusiones provisionales y posteriormente será la Audiencia Provincial de Madrid la encargada de asumir el enjuiciamiento.

El otro frente de Peinado: la sombra de un expediente disciplinario

Mientras la causa de Begoña Gómez avanzaba hacia juicio oral, durante el fin de semana se abrió un segundo foco sobre el propio magistrado.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó reunirse de urgencia para acordar si las palabras de Peinado sobre los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado podrían ayudar a la esposa del presidente del Gobierno a oír.

Finalmente, la Comisión Permanente, integrada por 8 magistrados, ha acordado remitir al Promotor de la Acción Disciplinaria las quejas formuladas tras las declaraciones realizadas por Peinado sobre la escolta policial de Begoña Gómez.

Cuatro vocales votaron a favor y cuatro en contra. El empate lo deshizo la presidenta del Tribunal Supremo y del CGPJ, Isabel Perelló, con su voto de calidad. La decisión deja ahora en manos del Promotor de la Acción Disciplinaria, Ricardo Conde, la posible investigación al magistrado Juan Carlos Peinado por sus referencias a la Policía Nacional.

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