Conde-Pumpido considera que las resoluciones del Supremo vulneraron el derecho a la tutela judicial efectiva de Dolors Bassa. Foto: EP

El TC ampara a Dolors Bassa y rechaza la interpretación del Supremo para excluir la malversación de la amnistía

6 / 10 / 2026 13:13

Actualizado el 06 / 10 / 2026 13:15

El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la aplicación de la Ley de Amnistía al delito de malversación por el que fueron condenados dirigentes del procés, una decisión que afecta directamente a la exconsejera catalana Dolors Bassa y que puede tener consecuencias para otros dirigentes independentistas, entre ellos el expresidente de la Generalitat y líder de Junts, Carles Puigdemont.

Durante el Pleno celebrado este martes, la mayoría progresista del Constitucional ha respaldado la ponencia de su presidente, Cándido Conde-Pumpido, favorable a amnistiar a Bassa por el delito de malversación por el que fue condenada por el Tribunal Supremo.

El Supremo se ha negado hasta ahora a aplicar la amnistía a este delito al considerar que concurrieron dos circunstancias que impedirían hacerlo: un enriquecimiento personal de carácter patrimonial de los dirigentes independentistas y una afectación a los intereses financieros de la Unión Europea.

La ponencia respaldada ahora por el Constitucional cuestiona la interpretación realizada por el alto tribunal.

Conde-Pumpido considera que el Supremo llevó a cabo una «interpretación extensiva, contraria al espíritu y finalidad» de la Ley de Amnistía.

La «interpretación imprecedecible» del Supremo

El núcleo jurídico de la decisión se encuentra en la forma en la que el Supremo interpretó los límites establecidos por la propia ley para aplicar la amnistía al delito de malversación.

Según el borrador de la ponencia de Conde-Pumpido, las resoluciones del Supremo que rechazaron perdonar este delito «han incurrido en una interpretación impredecible de los preceptos aplicables».

El presidente del Constitucional añade que dichas resoluciones, «al apartarse de la finalidad de la ley de amnistía, no han mantenido el nexo de coherencia necesario entre la decisión adoptada, la norma que le sirve de fundamento y los fines que justifican la institución de la amnistía».

La ponencia considera que el Supremo excedió los límites de interpretación de la norma al dejar fuera de su ámbito supuestos de malversación que, a juicio de Conde-Pumpido, están comprendidos en la propia ley.

En concreto, sostiene que el Supremo terminó «expulsando» de la aplicación de la amnistía «supuestos de malversación que están comprendidos en su tenor literal y que son idóneos para realizar su fin último de pacificación del conflicto social e institucional generado por el proceso secesionista en Cataluña».

Vulneración del derecho de Dolors Bassa

A partir de esa argumentación, Conde-Pumpido considera que las resoluciones del Supremo vulneraron el derecho a la tutela judicial efectiva de Dolors Bassa.

La ponencia sostiene asimismo que en los hechos por los que la exconsejera fue condenada concurren los presupuestos necesarios para que el delito de malversación quede incluido dentro de la amnistía.

La consecuencia que plantea es la nulidad de las resoluciones del Supremo que rechazaron aplicarle la medida.

Conde-Pumpido reclama que «se declare amnistiado el delito de malversación» y que se haga con el «carácter preferente y urgente» previsto por la propia ley.

La deliberación del Constitucional se produce después del pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado mes de julio.

Uno de los argumentos utilizados por el Supremo para negar la aplicación de la amnistía fue que la malversación relacionada con el referéndum del 1 de octubre de 2017 había afectado a los intereses financieros de la Unión Europea.

El TJUE descartó esa premisa al considerar que «no puede apreciarse que los intereses financieros» de la Unión «se vean afectados por el mero hecho de la disminución de la renta nacional básica».

La sentencia europea eliminó así uno de los argumentos utilizados por el Supremo para no aplicar definitivamente la amnistía.

No obstante, el TJUE no se pronunció sobre la segunda circunstancia apreciada por el alto tribunal español: la existencia de un beneficio personal para los dirigentes independentistas.

La decisión adoptada ahora por el Constitucional sobre el recurso de Bassa entra precisamente en la interpretación efectuada por el Supremo para excluir estos supuestos de malversación de la Ley de Amnistía.

El respaldo del Pleno a la ponencia de Conde-Pumpido supone considerar que, en el caso de la exconsejera catalana, esa interpretación vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva y que el delito por el que fue condenada reúne los requisitos para ser amnistiado.

La decisión puede tener además incidencia en la situación de otros dirigentes del procés, entre ellos Carles Puigdemont, cuya eventual aplicación de la amnistía dependerá de los efectos que tenga la doctrina fijada por el Constitucional sobre los procedimientos pendientes.

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