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Hasta que concluya ese trámite y se dicten las correspondientes resoluciones, la amnistía no puede darse todavía por acordada por el Supremo. Foto: Confilegal

El Supremo da cinco días a las partes antes de decidir si aplica la amnistía por malversación a Puigdemont

7 / 10 / 2026 15:40

Actualizado el 07 / 10 / 2026 15:47

El Tribunal Supremo ha concedido un plazo de cinco días a las partes para que formulen alegaciones sobre las consecuencias de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que ha ordenado amnistiar el delito de malversación por el que fue condenada la exconsejera catalana Dolors Bassa, y que podría afectar a todos los condenados por el procés independentista.

El trámite ha sido abierto este miércoles mediante sendas providencias por el magistrado instructor del procés, Pablo Llarena, y por el presidente de la Sala de lo Penal, Andrés Martínez Arrieta.

La decisión constituye el paso procesal previo a que el Supremo determine el alcance que la doctrina fijada por el Constitucional en el caso de Bassa debe tener sobre el resto de dirigentes independentistas condenados o procesados por malversación.

En el caso de los condenados, las partes deberán pronunciarse sobre Oriol Junqueras, Raül Romeva y Jordi Turull, además de la propia Bassa.

Llarena ha abierto el mismo trámite respecto de Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig, procesados pero no juzgados.

La sentencia del TC «levanta» las órdenes de detención

Así, la sentencia dictada por el Constitucional resuelve directamente el recurso de amparo presentado por Dolors Bassa contra los autos del Supremo que le negaron la aplicación de la Ley de Amnistía al delito de malversación.

El TC declara nulas esas resoluciones y ordena que se dicte un nuevo pronunciamiento en el que se declare amnistiado el delito de malversación por el que fue condenada la exconsejera.

Lo que debe determinar ahora el Supremo es hasta qué punto esa doctrina resulta extensible a los demás condenados y procesados cuya situación jurídica presenta elementos coincidentes con la de Bassa.

De ahí que tanto Llarena como la Sala que juzgó el procés hayan optado por escuchar previamente a las defensas y acusaciones.

Situación judicial en la que Llarena dejaba sin efecto, «con carácter inmediato y hasta nueva resolución judicial expresa», las órdenes nacionales de detención contra Puigdemont, Comín y Puig.

El propio magistrado dejó claro, sin embargo, que esta decisión tenía carácter provisional y no suponía todavía aplicarles automáticamente la amnistía.

Cuando acordó levantar las órdenes, Llarena aún no disponía del texto íntegro de la sentencia del Constitucional.

La amnistía, sobre el tejado del Tribunal Supremo

El escenario procesal ha cambiado este miércoles con la notificación formal de la sentencia al Tribunal Supremo.

El Constitucional ha remitido tanto la resolución de la mayoría como el voto particular de los cinco magistrados discrepantes.

A partir de ese momento, el Supremo dispone ya del contenido íntegro necesario para determinar sus efectos, optando el alto tribunal, en lugar de adoptar inmediatamente una nueva resolución, por abrir un plazo común de cinco días para que las partes expongan sus posiciones.

La cuestión que deberán abordar no es solo la aplicación de la sentencia a Bassa, sino también si el razonamiento constitucional puede extenderse al resto de dirigentes condenados o procesados por hechos sustancialmente coincidentes.

El procedimiento discurre ahora por dos cauces.

Por un lado está la situación de Puigdemont, Comín y Puig, sobre quienes debe decidir Pablo Llarena como instructor al tratarse de procesados que no han sido juzgados.

Por otro, corresponde a la Sala de lo Penal pronunciarse respecto de quienes fueron condenados por el Supremo: Junqueras, Bassa, Romeva y Turull.

Hasta que concluya ese trámite y se dicten las correspondientes resoluciones, la amnistía de Puigdemont, Comín, Puig, Junqueras, Romeva y Turull no puede darse todavía por formalmente acordada por el Supremo. Lo que existe desde este miércoles es un plazo de cinco días para que las partes se pronuncien antes de que Llarena y la Sala Penal adopten sus decisiones.

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