La inteligencia artificial puede inventarse una sentencia en segundos. Con su número de recurso, su fecha, su tribunal y hasta un razonamiento jurídico perfectamente redactado. Todo falso. Pero si un abogado la incorpora a un recurso y lo firma, quien paga las consecuencias no es la máquina, sino el profesional.
No es una hipótesis. En España, los tribunales ya han impuesto multas de 420, 840 y hasta 1.800 euros por presentar escritos con jurisprudencia inexistente, falseada o ajena al caso.
El uso de la IA no está prohibido. Al contrario, cada vez más profesionales del Derecho la consideran una herramienta de gran utilidad. El problema comienza cuando el abogado confunde lo que genera la inteligencia artificial con lo que realmente dicen las leyes y las sentencias. Y esa falta de comprobación ya tiene un precio.
Tres multas y un apercibimiento
El primer aviso llegó del Constitucional en septiembre de 2024. La Sala Primera apercibió a un abogado que incorporó a una demanda de amparo citas supuestamente literales de 19 sentencias que no eran reales. No atribuyó su origen a una IA.
En febrero de 2026, la Sala de lo Penal del TSJ de Canarias impuso 420 euros de multa por 48 citas falsas incluidas en un recurso de apelación. El letrado utilizó una IA generalista sin contrastarla en bases jurisprudenciales. Su arrepentimiento atenuó la sanción.
En julio, la misma Sala multó con 840 euros a otro letrado cuyo recurso contenía al menos 25 referencias incorrectas o falsas atribuidas al Supremo y al Constitucional. El abogado no admitió los hechos ni pidió disculpas. Aunque se sospechó del uso de IA, su intervención no quedó acreditada; lo comprobado fue la falsedad de las citas.
También en julio, la Sala de lo Social del TSJ de Galicia impuso 1.800 euros a un abogado por un recurso con 24 citas inventadas. Reconoció los hechos, pero no aclaró qué herramienta utilizó.
La IA exige supervisión, no confianza ciega
José Vicente Mediavilla Cabo, magistrado y exconsejero de Presidencia y Justicia de Cantabria, constata el creciente uso de la IA en la abogacía, pero no se opone a utilizarla como complemento.
«A mí me parece muy bien que los abogados utilicen IA porque no hay que poner puertas al campo», afirma. Cree que pueden mejorar los escritos procesales.
Pero fija una condición: «Lo fundamental no es el uso de la IA, lo fundamental es la supervisión». Advierte de que las herramientas generalistas pueden generar «errores, alucinaciones, sesgos» y recuerda que el abogado debe comprobar lo que recibe antes de incorporarlo a un recurso.
«Tiene que tener la suficiente profesionalidad y ética profesional para supervisar el resultado que le ha aportado la IA», insiste. Para Mediavilla, trasladar sin más el contenido generado por la herramienta a un escrito judicial es incompatible con el rigor exigible a la profesión y puede vulnerar la buena fe procesal.
Javier Meizoso, CEO de Legalpin, explica por qué es fácil caer en esa confianza: «Una IA puede fabricar en segundos veinte sentencias perfectamente verosímiles», con números de recurso y argumentos judiciales falsos.
Además, valora que estas herramientas «no comparecen ante el tribunal, no responden ante el cliente y tampoco pueden ser sancionadas. Responde el profesional que decidió confiar en ellas», resume.

La ley permite multas superiores
Las sanciones impuestas por los tribunales tienen su fundamento en el deber de buena fe procesal. Presentar jurisprudencia inventada, aunque sea por negligencia y sin intención de engañar, puede vulnerar ese principio.
El artículo 247 de la Ley de Enjuiciamiento Civil contempla multas de 180 a 6.000 euros para las partes que actúen contra la buena fe procesal, sin que puedan superar un tercio de la cuantía del litigio. Por su parte, el artículo 75.4 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social establece sanciones de 600 a 6.000 euros.
Para determinar su importe, los tribunales deben valorar la gravedad de los hechos, los perjuicios ocasionados al procedimiento, la capacidad económica del infractor y las demás circunstancias relevantes.
Las conductas de los abogados pueden dar lugar a correcciones judiciales y a responsabilidades disciplinarias. De hecho, varios tribunales han remitido sus resoluciones a los respectivos colegios profesionales para que examinen si procede adoptar medidas adicionales.
Javier Meizoso, CEO de Legalpin, ofrece una regla práctica: «Una inteligencia artificial puede sugerir dónde buscar, pero nunca puede ser la fuente final de una cita jurídica».
Para evitar errores, recomienda verificar cada resolución en el CENDOJ o en la base oficial correspondiente, comprobando su ECLI, número, fecha, tribunal y sala. Pero advierte de algo todavía más importante: no basta con comprobar que la sentencia existe. Es necesario leerla y verificar que contiene realmente el razonamiento jurídico que se le atribuye.
También las pruebas digitales
El riesgo de la inteligencia artificial no termina en la jurisprudencia. La tecnología también permite fabricar o manipular correos electrónicos, conversaciones de WhatsApp, mensajes SMS y capturas de pantalla con una apariencia cada vez más convincente.
Una imagen aparentemente auténtica no garantiza que una comunicación se haya producido realmente. Tampoco demuestra necesariamente quién la envió, cuándo se produjo o si su contenido ha sido alterado.
José Vicente Mediavilla recuerda que, cuando una parte considera que una prueba digital no es auténtica, «la otra parte tendrá que impugnarla si considera que no es adecuada y correcta».
En esos supuestos, explica el magistrado, puede ser necesario contrastar las comunicaciones y examinar los dispositivos desde los que supuestamente se enviaron o recibieron los mensajes. La comprobación puede requerir una prueba pericial informática que permita determinar su autenticidad.
Meizoso coincide en la necesidad de extremar las precauciones: «En la prueba digital hay dos cuestiones esenciales: el origen y la integridad. Saber de dónde procede el contenido y poder demostrar que no ha sido alterado».
El CEO de Legalpin introduce otra distinción jurídica fundamental: no es lo mismo presentar una prueba manipulada sin saberlo que hacerlo conscientemente para engañar al tribunal.
En el primer caso, la prueba puede perder valor y eventualmente generar responsabilidades si el abogado incumplió sus obligaciones de diligencia. En el segundo, si se acredita una actuación deliberadamente fraudulenta, las consecuencias pueden ser más graves, incluidas posibles responsabilidades penales.