Palacio de Justicia de Gijón

Un abogado será juzgado por calumnias contra tres policías que hizo en un escrito dirigido a un órgano judicial

28 / 10 / 2015 16:12

Actualizado el 21 / 12 / 2015 12:25

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De acuerdo con el artículo 205 del Código Penal, «Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad».

El Ministerio Fiscal mantiene que el acusado, en su condición de abogado de un hombre, y en el marco de un procedimiento seguido en Gijón, guiado con el propósito de desacreditar personalmente y desprestigiar profesionalmente a tres agentes, integrantes del Grupo de Delitos Económicos del Cuerpo Nacional de Policía de Gijón, presentó el 5 de julio de 2012 un escrito dirigido al Juzgado de Instrucción número 4 de Gijón.

En dicho escrito describió a los policías, de forma deliberada e inveraz, como hostigadores de una campaña de denuncias infundadas hacia su cliente, en la que actuaban movidos por motivos personales, ajenos a su deber profesional.

Además, les atribuía  la falsedad de un informe policial, así como un delito de detención ilegal presuntamente cometido el día 20 de abril de 2010.

Por ello, la Fiscalía solicita su condena. El Ministerio Público considera que los hechos son constitutivos de un delito de calumnias a funcionario público de los artículos 205, 206 y 215 del Código Penal y solicita que se condene al acusado a 10 meses de multa con una cuota diaria de 18 euros (5.400 euros en total), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y abono de las costas procesales.

Además, se solicita que el acusado indemnice con 1.000 euros a cada uno de los tres agentes presuntamente calumniados.

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