El TC dictamina que el TSJM se excedió al anular un laudo entre dos empresas que estaba suficientemente motivado

El Tribunal Constitucional suspende las competencias del «Ministerio de Exteriores» de la Generalitat de Cataluña

17 / 02 / 2016 06:53

Actualizado el 17 / 02 / 2016 11:23

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido este martes a trámite el conflicto de competencias planteado la semana pasada por el Gobierno contra la Generalitat de Cataluña por la creación de su departamento de Asuntos Exteriores.

Se solicitó la suspensión de la competencia de dicho departamento, que se ha acordado de forma automática en cumplimiento de lo señalado en la propia Constitución al tratarse de una petición del Ejecutivo, fuentes del tribunal de garantías.

El Consejo de Ministros del pasado 5 de febrero aprobó la interposición de este conflicto de competencia al entender que la política internacional es competencia exclusiva del Estado, por lo que ningún órgano autonómico puede arrogarse el ejercicio de la misma.

El asunto no estaba en principio encima de la mesa del Pleno del Constitucional iniciado este martes, si bien finalmente ha habido una adición al orden del día inicial y se ha aprobado la admisión a trámite de la impugnación del Gobierno, que conlleva la suspensión automática de la competencia de la Consejería por al menos cinco meses, mientras se resuelve sobre el fondo del asunto, según las mismas fuentes.

Los magistrados del Constitucional han dado cuenta de su decisión a la Fiscalía y escucharán al Ministerio Público y a la Generalitat antes de decidir si anulan la creación de departamento de Exteriores del Gobierno autonómico catalán, que ha incluido estas competencias dentro de su proceso de ruptura con España.

El Gobierno acude al tribunal de garantías con el informe favorable del Consejo de Estado y de la Abogacía y solicitó que se suspendiera el decreto por el que se crea ese departamento; entiende que, de seguir funcionando, «podría generar consecuencias contrarias al ordenamiento jurídico».

El Gobierno considera que la Ley de la Acción y del Servicio Exterior del Estado exige que las comunidades autónomas coordinen con el Gobierno cualquier actividad internacional que quieran desarrollar «dentro de sus competencias».

El Ejecutivo de Mariano Rajoy basa su recurso en que sólo el Estado tiene atribuciones en política exterior (artículo 149 de la Constitución), como el propio Tribunal Constitucional ha dejado claro en diversas sentencias. TC.

Noticias relacionadas:

El TC abre la puerta a amnistiar la malversación del ‘procés’ tras asumir Macías el criterio de la mayoría

Opinión| Calumnias en Facebook: la STC 52/2026 y la respuesta penal

Opinión| La deliberación en el Constitucional de los recursos de amparo sobre el procés

Opinión| El Tribunal Constitucional ante la enfermedad mental y las garantías en los internamientos psiquiátricos

El Constitucional fija para el 22 de septiembre el inicio del debate sobre la amnistía a los condenados del ‘procés’

El castellano no puede ser excluido de la rotulación de los colegios públicos catalanes, según el Supremo

Lo último en Tribunales

Maricarmen

70 años en el mismo piso y un plazo de 2 años: por qué la justicia avaló el desahucio de una mujer de 87 años en Retiro

Fergie

La Audiencia Nacional cita a puerta cerrada al millonario reclamado por EEUU por presuntas transferencias a Hamás

Open Arms

Rescatar en alta mar no requiere permiso de otro país: el Supremo da la razón a Open Arms y anula la norma del Gobierno

rodríguez zapatero

El expresidente Zapatero anuncia que propondrá un perito propio para la segunda tasación de sus joyas

asdfasdfa

El Supremo confirma los tres años de cárcel al expresidente murciano Pedro Antonio Sánchez por el auditorio de Puerto Lumbreras