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El Supremo ha acatado así la decisión del Tribuna Constitucional sobre los independentistas, entre duras críticas. Foto: EP

La amnistía de Junqueras, Turull y Romeva pone fin a su batalla judicial ante el Tribunal Constitucional por la malversación

4 / 11 / 2026 12:42

Actualizado el 04 / 11 / 2026 12:45

El Tribunal Constitucional ha puesto fin a los recursos de amparo que Oriol Junqueras, Jordi Turull y Raül Romeva mantenían contra la negativa del Tribunal Supremo a aplicarles la Ley de Amnistía por el delito de malversación de caudales públicos cometido durante el procés.

El Pleno ha aprobado por unanimidad dos sentencias que declaran la pérdida sobrevenida de objeto de los recursos. Es decir, ya no existe una controversia que resolver porque los tres antiguos dirigentes independentistas obtuvieron lo que reclamaban: la extinción de su responsabilidad penal.

La decisión no supone una nueva aplicación de la amnistía.

Fue la Sala de lo Penal del Supremo la que, el pasado 20 de octubre, dejó sin efecto las condenas pendientes de Junqueras, Turull, Romeva y la exconsejera Dolors Bassa.

Lo hizo después de que el Constitucional estimara, el 6 de octubre, el recurso de amparo de esta última y estableciera que debía ser amnistiada por malversación.

El recurso de Bassa desbloqueó los demás casos

La sentencia favorable a Bassa resultó decisiva.

El Constitucional consideró que el Supremo había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva al interpretar de forma extensiva las excepciones previstas en la Ley de Amnistía.

Tras recibir esa resolución, la Sala de lo Penal extendió sus efectos a los demás condenados de la misma causa, declaró extinguida su responsabilidad criminal y acordó el archivo definitivo de la ejecutoria.

Con ello desapareció la razón de ser de los recursos pendientes.

El Constitucional evita así pronunciarse nuevamente sobre el fondo de las vulneraciones denunciadas por los tres recurrentes.

Qué denunciaban los dirigentes independentistas

Turull sostenía que el Supremo había interpretado indebidamente la excepción relativa a la obtención de un beneficio patrimonial personal, vulnerando el principio de legalidad penal.

También cuestionaba que se hubiera apreciado una afectación de los intereses financieros de la Unión Europea basada en un supuesto riesgo de secesión de Cataluña.

Por su parte, Junqueras y Romeva denunciaban que la interpretación del Supremo vaciaba de contenido la Ley de Amnistía.

Los dos alegaban la vulneración de sus derechos a la tutela judicial efectiva, la legalidad penal, un proceso con todas las garantías y la participación política.

Esas cuestiones ya no serán examinadas en sus respectivos recursos porque la situación jurídica que pretendían modificar ha desaparecido.

El Supremo acató la decisión entre críticas al Tribunal Constitucional

El auto del 20 de octubre, del que fue ponente Manuel Marchena, extinguió las responsabilidades penales de los cuatro condenados por malversación.

La resolución dejó sin efecto las penas de inhabilitación: 13 años para Junqueras y 12 para Turull, Romeva y Bassa. Las penas de prisión ya habían sido objeto de indulto.

Sin embargo, el Supremo acompañó su decisión de duras críticas al Constitucional, al que reprochó la «innecesaria grandilocuencia» de su argumentación y una interpretación que consideraba invasiva de sus competencias jurisdiccionales.

Pese a esas discrepancias, asumió los efectos de la sentencia favorable a Bassa.

Con las dos nuevas sentencias, el Constitucional cierra los recursos de los tres dirigentes sin necesidad de dictar otro pronunciamiento sobre la aplicación de la amnistía.

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