Los notarios se defienden de la OCU y aseguran que cobran los honorarios legales por cancelación de hipotecas

Los notarios se defienden de la OCU y aseguran que cobran los honorarios legales por cancelación de hipotecas

7 / 12 / 2016 14:54

Actualizado el 12 / 12 / 2016 19:32

El Consejo General del Notariado asegura que los notarios están cobrando los honorarios que legalmente les corresponde por las escrituras públicas de cancelación de préstamos y créditos hipotecarios. Así ha respondido a una campaña lanzada por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) contra «los abusos hipotecarios».

En concreto, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) centra su campaña contra «los abusos hipotecarios», en recuperar parte de los gastos de notario y registro en las operaciones de cancelación, novación y subrogación hipotecarias.

Para ello, basa su reclamación «en la aplicación incorrecta del arancel», tal y como señala una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del pasado 13 de mayo.

Sin embargo, los notario, a través de un comunicado sostienen que los honorarios están regulados por el Real Decreto-Ley 18/2012, de 11 de mayo, y la posterior Ley 8/2012, de 30 de octubre. Además, la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN), en su condición de superior jerárquico de los notarios, así como de los colegios notariales (arts. 307 y 314 del Reglamento Notarial), aprobó una Instrucción el 31 de mayo de 2012 para la aplicación uniforme de dicha norma. Tal Instrucción es de obligado cumplimiento para todos los notarios y colegios notariales.

Tanto las leyes citadas, como la instrucción de la DGRN, dicen lo siguiente: “Para determinar los honorarios notariales de las escrituras públicas de novación, subrogación o cancelación de préstamos y créditos hipotecarios se aplicará, por todos los conceptos, el número 2.2. f del arancel de los notarios, tomando como base el capital inscrito o garantizado, reducido en todo caso al 70 por ciento y con un mínimo de 90 euros”.

Según la OCU, el coste de una cancelación hipotecaria, aplicando «incorrectamente» la legislación, es de alrededor de 140 euros de notario y 85 de registrador, mientras que aplicando el nuevo criterio del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los costes pasan a ser de unos 46 y 30 euros, respectivamente.

El Consejo recomienda a los ciudadanos que crean que el notario le ha cobrado una cantidad superior a la que correspondía, que acuda para su revisión al propio profesional o al colegio notarial de su comunidad autónoma. Existen 17 colegios notariales.

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